Ley Nº 20.133
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Fecha Publicación :18-11-2006
Fecha Promulgación :08-11-2006
Organismo :MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Título :MODIFICA LA LEY Nº 20.019, QUE REGULA LAS SOCIEDADES
ANONIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES
Tipo Version :Unica De : 18-11-2006
Inicio Vigencia :18-11-2006
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=255356&idVersion=200
6-11-18&idParte
LEY NUM. 20.133
MODIFICA LA LEY Nº 20.019, QUE REGULA LAS SOCIEDADES ANONIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Modifícase la ley Nº 20.019, de acuerdo a lo siguiente:
1) En el inciso primero del artículo 2º transitorio, agrégase, a continuación de
la coma (,) que sigue a la palabra "vez" la expresión "presentarse a", y a continuación
de la coma (,) que sigue a la expresión "Tesorería General de la República,", la frase
"la que deberá pronunciarse en un plazo de 30 días".
2) Sustitúyese en el inciso tercero del artículo 2º transitorio, la expresión "31
de enero" por la expresión "30 de abril", y
3) Agrégase el siguiente artículo transitorio:
"Artículo 4º transitorio.- Para aquellas organizaciones deportivas que hayan sido
declaradas en estado de quiebra con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, o
sus sucesores legales, los plazos contenidos en los artículos 1º y 2º transitorios, se
suspenderán mientras existan recursos judiciales pendientes en contra de la resolución
que declaró la quiebra.
Respecto de la suscripción del convenio de pago con el Servicio de Tesorerías,
descrito en el artículo 2º transitorio, una vez ejecutoriada la resolución que acogió
o desechó la solicitud de quiebra, la organización deportiva o su representante legal,
tendrá un plazo de 90 días para acogerse a una de las modalidades de convenio descritas
en el artículo 2º transitorio o concesionar sus bienes de acuerdo a lo preceptuado en el
númeral 3 de dicho artículo, debiendo para estos efectos adecuar sus estatutos de
acuerdo a lo prescrito en esta ley.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 8 de noviembre de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la
República.- Ricardo Lagos Weber, Ministro Secretario General de Gobierno.- Andrés
Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Carlos Maldonado Curti, Subsecretario
General de Gobierno.
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