Ley Nº 20.126
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Fecha Publicación :17-10-2006
Fecha Promulgación :22-09-2006
Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL; SUBSECRETARIA DE
PREVISION SOCIAL
Título :MODIFICA LA LEY Nº 18.833, CON EL OBJETO DE DEFINIR EL
SUJETO OBLIGADO AL PAGO DE LOS CREDITOS SOCIALES, EN EL
CASO QUE SEÑALA
Tipo Version :Unica De : 17-10-2006
Inicio Vigencia :17-10-2006
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=254237&idVersion=200
6-10-17&idParte
LEY NUM. 20.126
MODIFICA LA LEY Nº 18.833, CON EL OBJETO DE DEFINIR EL SUJETO OBLIGADO AL PAGO DE LOS
CREDITOS SOCIALES, EN EL CASO QUE SEÑALA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto
de ley, originado en una moción del entonces diputado señor Pedro Muñoz Aburto
Proyecto de ley:
Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso segundo en el artículo 22 de la ley
Nº 18.833:
"Practicada la deducción al trabajador, se entenderá extinguida a su respecto y de
sus codeudores la parte correspondiente de la deuda, desde la fecha en que ella hubiera
tenido lugar, aunque no haya sido remesada por el empleador a la Caja, debiendo dirigirse
exclusivamente contra éste las acciones destinadas al cobro de las sumas no enteradas.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, 22 de septiembre de 2006.- BELISARIO VELASCO BARAONA, Vicepresidente de la
República.- Osvaldo Andrade Lara, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Lissette
García Bustamante, Subsecretaria de Previsión Social.
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