Ley Nº 20.085
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Fecha Publicación :22-12-2005
Fecha Promulgación :02-12-2005
Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DE DESARROLLO
SECRETARIA REGIONAL Y ADMINISTRATIVA
Título :INTRODUCE UNA DISPOSICION TRANSITORIA AL DECRETO LEY Nº
3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES
Tipo Version :Unica De : 22-12-2005
Inicio Vigencia :22-12-2005
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=245392&idVersion=200
5-12-22&idParte
LEY NUM. 20.085
INTRODUCE UNA DISPOSICION TRANSITORIA AL DECRETO LEY Nº 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS
MUNICIPALES
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Agrégase el siguiente artículo 6º transitorio, nuevo, en el
decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, cuyo texto refundido y
sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 2.385, de 1996, del Ministerio del
Interior:
"Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo
39 de esta ley durante el año 2005, el monto global por concepto del aporte adicional que
las municipalidades de Providencia, Vitacura y Las Condes deben efectuar al Fondo Común
Municipal, será de 35.000 unidades tributarias mensuales, distribuido en la forma
indicada en el mencionado artículo.
En el caso que los municipios opten, en el año 2005, por efectuar aportes
equivalentes a la Corporación Cultural de la Municipalidad de Santiago, según lo
dispuesto en el inciso segundo del referido artículo 39, aquellos podrán ser enterados
en la forma y en la oportunidad que se establezca en el convenio que se suscriba al efecto
entre los municipios que opten por esa modalidad y la citada Corporación.
Con todo, a contar del año 2006, los aportes que cada una de las municipalidades
indicadas deba efectuar al Fondo Común Municipal, serán integrados de acuerdo con lo
dispuesto por el mencionado artículo 39.".".
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 93 de la
Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 2 de diciembre de 2005.- Francisco Vidal Salinas, Vicepresidente de la
República.- Jorge Correa Sutil, Ministro del Interior (S).- Nicolás Eyzaguirre Guzmán,
Ministro de Hacienda.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Adriana Delpiano
Puelma, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley que introduce una disposición
transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre
Rentas Municipales
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien
suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados
envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado
por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal
ejerciera el control de constitucionalidad respecto del
artículo único del mismo, y por sentencia de 24 de
noviembre de 2005, dictada en los autos Rol Nº 462, lo
declaró constitucional.
Santiago, 24 de noviembre de 2005.- Rafael Larraín
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileCruz, Secretario.
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