Ley Nº 20.070
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Fecha Publicación :09-12-2005
Fecha Promulgación :08-11-2005
Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL; SUBSECRETARIA DE MARINA
Título :MODIFICA LA LEY DE NAVEGACION RESPECTO DE NAVES ABANDONADAS
Tipo Version :Unica De : 09-12-2005
Inicio Vigencia :09-12-2005
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=244820&idVersion=200
5-12-09&idParte
LEY NUM. 20.070
MODIFICA LA LEY DE NAVEGACION RESPECTO DE NAVES
ABANDONADAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha
dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Sustitúyese el inciso final del artículo 132 del decreto ley
Nº 2.222, de 1978, ley de Navegación, por el siguiente:
"Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplicará a las naves o artefactos que se
encontraren a la deriva, o bien, sin tripulación a bordo y en malas condiciones de
flotabilidad o haciendo agua. En ambos casos, la Autoridad Marítima estará facultada,
adicionalmente, para disponer su hundimiento si fuere necesario, una vez que se haya
cumplido con el procedimiento establecido en este artículo.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 8 de noviembre de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la
República.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Gonzalo
García Pino, Subsecretario de Marina.
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