Ley Nº 20.041

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Tipo Norma :Ley 20041<br /> Fecha Publicación :14-07-2005<br /> Fecha Promulgación :07-07-2005<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DE DESARROLLO;<br /> SECRETARIA REGIONAL Y ADMINISTRATIVA<br /> Título :MODIFICA EL LIMITE INTERCOMUNAL DE LAS COMUNAS DE RECOLETA Y<br /> HUECHURABA<br /> Tipo Version :Unica De : 14-07-2005<br /> Inicio Vigencia :14-07-2005<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=240025&amp;idVersion=200<br /> 5-07-14&amp;idParte<br /> LEY NUM. 20.041<br /> MODIFICA EL LIMITE INTERCOMUNAL DE LAS COMUNAS DE <br /> RECOLETA Y HUECHURABA<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha <br /> dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo único.- Modifícase el límite intercomunal de las comunas de Recoleta y<br /> Huechuraba, fijado para ellas en el decreto con fuerza de ley N° 3-18.715, de 1989, del<br /> Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 5 de diciembre de 1989,<br /> incorporándose dentro de los límites de la comuna de Huechuraba el actual sector de la<br /> comuna de Recoleta ubicado al norte del siguiente límite:<br /> La avenida Américo Vespucio, desde su intersección por la avenida El Salto hasta su<br /> intersección por la perpendicular a dicha avenida del vértice formado por los linderos<br /> norte y poniente del predio rol 6065-1; dicha perpendicular, desde la avenida Américo<br /> Vespucio hasta el vértice formado por los linderos indicados del predio rol 6065-1; el<br /> lindero poniente del predio rol 6065-1, desde el vértice formado por los linderos norte y<br /> poniente del mismo predio hasta el lindero poniente del predio rol 7280-2; el lindero<br /> poniente y sur del predio rol 7280-2, desde el lindero poniente del predio rol 6065-1<br /> hasta el lindero sur del mencionado predio rol 6065-1; el lindero sur y oriente del predio<br /> rol 6065-1, desde el lindero sur del predio rol 7280-2 hasta el lindero norte del predio<br /> rol 7280-56; y el lindero norte del predio rol 7280-56, desde el lindero oriente del<br /> predio rol 6065-1 hasta la línea de cumbres de los cerros de El Salto.".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 7 de julio de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-<br /> Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior.<br /> Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Adriana Delpiano<br /> Puelma, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>