Ley Nº 20.024

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Tipo Norma :Ley 20024<br /> Fecha Publicación :30-05-2005<br /> Fecha Promulgación :18-05-2005<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DE DESARROLLO<br /> SECRETARIA REGIONAL Y ADMINISTRATIVA<br /> Título :ESTABLECE UN MECANISMO TRANSITORIO PARA COMPENSAR LOS<br /> MENORES INGRESOS MUNICIPALES PRODUCIDOS CON OCASION DE UNA<br /> NUEVA DETERMINACION DE LOS COEFICIENTES ANUALES DE<br /> DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL<br /> Tipo Version :Unica De : 30-05-2005<br /> Inicio Vigencia :30-05-2005<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=238299&amp;idVersion=200<br /> 5-05-30&amp;idParte<br /> ESTABLECE UN MECANISMO TRANSITORIO PARA COMPENSAR LOS MENORES INGRESOS MUNICIPALES<br /> PRODUCIDOS CON OCASION DE UNA NUEVA DETERMINACION DE LOS COEFICIENTES ANUALES DE<br /> DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo único.- Las municipalidades que por aplicación de los coeficientes<br /> anuales de distribución del 10% del Fondo Común Municipal determinados para el año<br /> 2005, según establece el decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, vieren<br /> reducida su participación en el total del fondo en relación con los recursos percibidos<br /> durante el año 2004 por el mismo concepto, serán compensadas con cargo al propio fondo,<br /> destinando para tal efecto la suma de hasta cuatro mil quinientos millones de pesos en el<br /> año 2005.<br /> Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que<br /> llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará, por cada municipio<br /> afectado, el monto de la compensación a percibir en el año 2005.<br /> Los recursos destinados a la compensación serán distribuidos a las respectivas<br /> municipalidades por el Servicio de Tesorerías, en cuatro cuotas iguales, en los meses de<br /> mayo, julio, octubre y diciembre del presente año.".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 18 de mayo de 2005.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-<br /> José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán,<br /> Ministro de Hacienda.<br /> Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a Ud., Adriana Delpiano<br /> Puelma, Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>