Ley Nº 19.945
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Fecha Publicación :25-05-2004
Fecha Promulgación :22-04-2004
Organismo :MINISTERIO DE JUSTICIA
Título :INTERPRETA EL CODIGO DEL TRABAJO EN CUANTO HACE APLICABLE
SUS NORMAS A TRABAJADORES DE LOS CONSERVADORES DE BIENES
RAICES, NOTARIAS Y ARCHIVEROS
Tipo Version :Unica De : 25-05-2004
Inicio Vigencia :25-05-2004
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=225522&idVersion=200
4-05-25&idParte
LEY NUM. 19.945
INTERPRETA EL CODIGO DEL TRABAJO EN CUANTO HACE APLICABLE SUS NORMAS A TRABAJADORES DE LOS
CONSERVADORES DE BIENES RAICES, NOTARIAS Y ARCHIVEROS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 504 del Código Orgánico de Tribunales,
por el siguiente:
"Artículo 504.- En toda notaría, archivo u oficio de los conservadores habrá el
número de oficiales de secretaría que los respectivos funcionarios conceptúen preciso
para el pronto y expedito ejercicio de sus funciones y el buen régimen de su oficina.
Los oficiales de secretaría estarán sujetos a las instrucciones y órdenes que les
diere el respectivo notario, archivero o conservador, quienes distribuirán entre todos
ellos el trabajo de su oficina en la forma que lo crean conveniente.".
Artículo 2º.- Declárese interpretado el inciso cuarto del artículo 1º del
Código del Trabajo en el siguiente sentido:
El inciso cuarto del artículo 1º del Código del Trabajo en cuanto señala que "Los
trabajadores que presten servicios en los oficios de notarías, archiveros o conservadores
se regirán por las normas de este Código.", debe interpretarse y aplicarse de forma tal
que la totalidad del estatuto laboral, en todas sus manifestaciones y expresiones, que
emana del Código del Trabajo y leyes complementarias, resulte aplicable a los
trabajadores que laboran en los oficios de notarías, archiveros o conservadores.".
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 82 de la
Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 22 de abril de 2004.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-
Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.- Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y
Previsión Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime
Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley que interpreta el Código del
Trabajo en cuanto hace aplicable sus normas a
trabajadores de los Conservadores de Bienes Raíces,
Notarías y Archiveros
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien
suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados
envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado
por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal
ejerciera el control de constitucionalidad respecto del
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chileartículo 1º del mismo, y por sentencia de 8 de abril de
2004, dictada en los autos Rol Nº 407, declaró que es
constitucional.
Santiago, abril 12 de 2004.- Rafael Larraín Cruz,
Secretario.
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