Ley Nº 19.929
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Fecha Publicación :11-02-2004
Fecha Promulgación :15-01-2004
Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL; SUBSECRETARIA DE MARINA
Título :MODIFICA EL DECRETO LEY Nº 2.222, LEY DE NAVEGACION, EN
RELACION CON LOS TRIBUNALES COMPETENTES PARA CONOCER DE LAS
CAUSAS POR CONTAMINACION
Tipo Version :Unica De : 11-02-2004
Inicio Vigencia :11-02-2004
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=221066&idVersion=200
4-02-11&idParte
LEY NUM. 19929
MODIFICA EL DECRETO LEY Nº 2.222, LEY DE NAVEGACION, EN RELACION CON LOS TRIBUNALES
COMPETENTES PARA CONOCER DE LAS CAUSAS POR CONTAMINACION
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley Nº
2.222, de 1978, Ley de Navegación:
a) Sustitúyese el encabezado del artículo 153, por el siguiente:
"Un ministro de la Corte de Apelaciones que tenga competencia respecto del lugar en
que los hechos de la causa hayan acaecido, conocerá en primera instancia:".
b) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 158, la frase final "a la Corte
de Apelaciones de Valparaíso", por la siguiente: "a las Cortes de Apelaciones a que se
refiere el artículo 153".
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 82 de la
Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 15 de enero de 2004.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-
Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Defensa Nacional.- Luis Bates Hidalgo, Ministro de
Justicia.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Isidro Solís Palma, Subsecretario de
Marina Subrogante.
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº 2.222, de 1978, Ley de Navegación, en
relación con los tribunales competentes para conocer de causas por contaminación
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Honorable
Senado envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional,
a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad, y por sentencia
de 18 de diciembre de 2003, dictada en los autos Rol Nº 398, lo declaró constitucional.
Santiago, diciembre 22 de 2003.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.
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