Ley Nº 19.919

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Tipo Norma :Ley 19919<br /> Fecha Publicación :20-12-2003<br /> Fecha Promulgación :10-12-2003<br /> Organismo :MINISTERIO DE JUSTICIA<br /> Título :MODIFICA EL PLAZO PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA<br /> REFORMA PROCESAL PENAL EN LA REGION METROPOLITANA DE<br /> SANTIAGO<br /> Tipo Version :Unica De : 20-12-2003<br /> Inicio Vigencia :20-12-2003<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=219208&amp;idVersion=200<br /> 3-12-20&amp;idParte<br /> LEY NUM. 19.919<br /> MODIFICA EL PLAZO PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA REFORMA PROCESAL PENAL EN LA REGION<br /> METROPOLITANA DE SANTIAGO<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1º.- Sustitúyese, en el artículo 4º transitorio de la ley Nº 19.640,<br /> Orgánica Constitucional del Ministerio Público, la frase "16 de diciembre de 2004", por<br /> "16 de junio de 2005".<br /> Artículo 2º.- Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 484 de la ley Nº<br /> 19.696, que establece el Código Procesal Penal, la expresión "16 de diciembre de 2004",<br /> por "16 de junio de 2005".<br /> Artículo 3º.- Sustitúyese, en el inciso sexto del artículo 6º transitorio de la<br /> ley Nº 19.665, que reforma el Código Orgánico de Tribunales, la frase "el último día<br /> del mes en que se cumpla el quinto año de su constitución", por "un año después de la<br /> entrada en vigencia de la reforma procesal penal en la Región Metropolitana de Santiago".<br /> Artículo 4º.- Sustitúyese, en el artículo 2º de la ley Nº 19.893, que adelanta<br /> los plazos del procedimiento para nombrar Fiscales Regionales del Ministerio Público en<br /> la Región Metropolitana de Santiago y determina tribunal competente para Curacaví, la<br /> expresión "16 de diciembre de 2004", por "16 de junio de 2005". <br /> Artículo 5º.- Modifícase el artículo 1º de la ley <br /> Nº 19.861, sobre nombramiento de jueces de garantía y <br /> jueces del tribunal de juicio oral en lo penal, que <br /> modifica el artículo 1º transitorio de la ley 19.665, <br /> que reformó el Código Orgánico de Tribunales, en el <br /> sentido siguiente:<br /> 1) Modifícase el numeral 1), que sustituye el <br /> numeral 3) del artículo 1º transitorio de la ley Nº <br /> 19.665, de la siguiente forma:<br /> a) Sustitúyense en el inciso primero, las <br /> siguientes expresiones:<br /> i. "Año 2004", por "Año 2004-2005";<br /> ii. "Mayo", por "Noviembre", y<br /> iii. "Diciembre de 2004", por "Junio de 2005".<br /> b) Sustitúyese, en el inciso segundo, la expresión <br /> "diciembre de 2005", por "junio de 2006".<br /> 2) Modifícase el numeral 2), que sustituye el <br /> numeral 4) del artículo 1º transitorio de la ley Nº <br /> 19.665, de la siguiente manera:<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chilea. En el inciso primero, sustitúyense las expresiones <br /> "Año 2004", por "Año 2005" y "Diciembre de 2004", <br /> por "Junio de 2005", y<br /> b. En el inciso segundo, sustitúyese la expresión <br /> "diciembre de 2006", por "junio de 2007".<br /> Artículo transitorio.- A partir de la fecha de publicación de la presente ley,<br /> todas las referencias que las leyes efectúan al 16 de diciembre de 2004, en tanto plazo<br /> para la implementación de la reforma procesal penal en la Región Metropolitana de<br /> Santiago, se entenderán efectuadas al 16 de junio de 2005, para todos los efectos legales<br /> pertinentes.".<br /> Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 82 de la<br /> Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y<br /> sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 10 de diciembre de 2003.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la<br /> República.- Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán,<br /> Ministro de Hacienda.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime<br /> Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.<br /> Tribunal Constitucional<br /> Proyecto de ley que modifica el plazo para la <br /> entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal en la <br /> Región Metropolitana de Santiago<br /> El Secretario (S) del Tribunal Constitucional, <br /> quien suscribe, certifica que el Honorable Senado envió <br /> el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por <br /> el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal <br /> ejerciera control de constitucionalidad respecto de los <br /> artículos 1º, 4º y 5º del mismo, y por sentencia de 25 <br /> de noviembre de 2003, dictada en los autos Rol Nº 396, <br /> los declaró constitucionales.<br /> Santiago, noviembre 26 de 2003.- Jaime Silva Mac <br /> Iver, Secretario (S).<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>