Ley Nº 19.850
Descarga el documento en version PDF
Fecha Publicación :07-01-2003
Fecha Promulgación :26-12-2002
Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título :ESTABLECE UN MECANISMO PARA COMPENSAR LOS MENORES INGRESOS
MUNICIPALES, CON OCASION DE UNA NUEVA DETERMINACION DE LOS
COEFICIENTES DE DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL
Tipo Version :Texto Original De : 07-01-2003
Inicio Vigencia :07-01-2003
Fin Vigencia :03-02-2005
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=206447&idVersion=200
3-01-07&idParte
ESTABLECE UN MECANISMO PARA COMPENSAR LOS MENORES INGRESOS MUNICIPALES, CON OCASION DE UNA
NUEVA DETERMINACION DE LOS COEFICIENTES DE DISTRIBUCION DEL FONDO COMUN MUNICIPAL
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Las municipalidades que por aplicación de los nuevos
coeficientes de distribución del Fondo determinados en el año 2002, para ser aplicados
durante el trienio 2003 - 2005, vieren reducida su participación en el Fondo Común
Municipal, serán compensadas con cargo al propio Fondo en la forma establecida en los
incisos siguientes.
La compensación municipal se aplicará durante los años 2003 y 2004, cubriendo en
términos reales el cien por ciento de la reducción de ingresos. La referida reducción
se calculará considerando los recursos municipales percibidos por cada municipio con
cargo al Fondo durante el año 2002, según información proporcionada por el Servicio de
Tesorerías, en relación con los recursos a percibir a partir del año 2003 por
aplicación de los nuevos coeficientes de distribución.
Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio del Interior, el que
llevará además la firma del Ministro de Hacienda, se determinará el monto de la
compensación para los años 2003 y 2004, a percibir por cada municipio que en dichos
años viere reducida su participación en el Fondo según lo previsto en el inciso
precedente.
La compensación se financiará con cargo al Fondo Común Municipal, destinado para
tal efecto, en forma previa a la distribución del Fondo conforme a las disposiciones
legales permanentes, la suma de hasta diecinueve mil millones de pesos tanto en el año
2003 como en el año 2004.
Los recursos destinados a la compensación serán distribuidos a las municipalidades
respectivas por el Servicio de Tesorerías, en cuatro cuotas iguales, en los meses de
mayo, julio, octubre y diciembre de los años 2003 y 2004.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 26 de diciembre de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la
República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre
Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Jorge Correa
Sutil, Subsecretario del Interior.
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile