Ley Nº 19.845
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Fecha Publicación :14-12-2002
Fecha Promulgación :06-12-2002
Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título :MODIFICA LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE
MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE APREMIOS
Tipo Version :Unica De : 14-12-2002
Inicio Vigencia :14-12-2002
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=205465&idVersion=200
2-12-14&idParte
MODIFICA LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES EN MATERIA DE
APREMIOS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Agrégase en el inciso segundo del
artículo 32 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, la
siguiente oración final, nueva:
"Con todo, tratándose de resoluciones recaídas en juicios que ordenen el pago de
deudas por parte de una municipalidad o corporación municipal, y correspondiere aplicar
la medida de arresto prevista en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil,
ésta sólo procederá respecto del alcalde en cuyo ejercicio se hubiere contraído la
deuda que dio origen al juicio.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 6 de diciembre de 2002.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la
República.- Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior (S).- José Antonio Gómez
Urrutia, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Jorge Correa
Sutil, Subsecretario del Interior.
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