Ley Nº 19.835
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Fecha Publicación :16-11-2002
Fecha Promulgación :29-10-2002
Organismo :MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES;
SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES
Título :PRORROGA LA VIGENCIA DE CONCESIONES DE RADIODIFUSION SONORA
QUE INDICA
Tipo Version :Unica De : 16-11-2002
Inicio Vigencia :16-11-2002
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=204738&idVersion=200
2-11-16&idParte
PRORROGA LA VIGENCIA DE CONCESIONES DE RADIODIFUSION
SONORA QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha
dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Las concesiones de radiodifusión sonora que se extingan por
vencimiento del plazo el 20 de enero de 2004, se renovarán automáticamente, por el solo
ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna, hasta el 20 de enero de 2010.
Del mismo modo, las concesiones de radiodifusión sonora que se extingan por
vencimiento del plazo con posterioridad al 20 de enero de 2004 y hasta antes del 20 de
enero de 2010, se renovarán automáticamente, por el solo ministerio de la ley y sin
necesidad de declaración alguna, hasta el 20 de enero de 2010.
Lo dispuesto en los incisos precedentes no se aplicará a las concesiones de
servicios de radiodifusión de mínima cobertura regulados por el artículo 13 B de la ley
Nº 18.168, General de Telecomunicaciones.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 29 de octubre de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la
República.- Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.-
Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro Secretario General de Gobierno.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Christian Nicolai
Orellana, Subsecretario de Telecomunicaciones.
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