Ley Nº 19.824
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Fecha Publicación :30-09-2002
Fecha Promulgación :03-09-2002
Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL; SUBSECRETARIA DEL
TRABAJO
Título :MODIFICA EL ARTICULO 203 DEL CODIGO DEL TRABAJO,
DISPONIENDO LA OBLIGATORIEDAD DE INSTALAR SALAS CUNAS EN
ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS QUE INDICA
Tipo Version :Unica De : 30-09-2002
Inicio Vigencia :30-09-2002
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=202982&idVersion=200
2-09-30&idParte
MODIFICA EL ARTICULO 203 DEL CODIGO DEL TRABAJO, DISPONIENDO LA OBLIGATORIEDAD DE INSTALAR
SALAS CUNAS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo único.- Intercálase, en el inciso primero del artículo 203 del Código
del Trabajo, entre las palabras "comerciales" y "administrados", la frase "e industriales
y de servicios".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, septiembre 3 de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-
Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Yerko
Ljubetic Godoy, Subsecretario del Trabajo.
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