Ley Nº 19.788

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Tipo Norma :Ley 19788<br /> Fecha Publicación :05-02-2002<br /> Fecha Promulgación :21-01-2002<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR<br /> Título :AUTORIZA LA CONSTRUCCION DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSEN Y<br /> COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y ARCHIVO DEL EXPLORADOR<br /> AUGUSTO GROSSE<br /> Tipo Version :Unica De : 05-02-2002<br /> Inicio Vigencia :05-02-2002<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=194375&amp;idVersion=200<br /> 2-02-05&amp;idParte<br /> AUTORIZA LA CONSTRUCCION DE MONUMENTOS EN PUERTO AYSEN Y COYHAIQUE, Y CREA EL MUSEO Y<br /> ARCHIVO DEL EXPLORADOR AUGUSTO GROSSE<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Aysén y otro<br /> en la de Coyhaique, en memoria del explorador Augusto Grosse Ickler.<br /> Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a<br /> través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se<br /> efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo<br /> 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior. <br /> Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y<br /> demás aportes señalados en el artículo precedente.<br /> Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por diez miembros ad<br /> honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:<br /> a) Dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras;<br /> b) Los Alcaldes de las I. Municipalidades de Coyhaique y Puerto Aysén;<br /> c) Un representante del Ministerio de Obras Públicas;<br /> d) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales;<br /> e) Un representante de la Embajada de Alemania, y f) Un representante de la familia<br /> del explorador Augusto Grosse Ickler.<br /> La comisión elegirá a su presidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos<br /> será el de la mayoría de sus miembros. En caso de empate dirimirá el presidente. <br /> Artículo 5º.- La comisión tendrá las siguientes funciones:<br /> a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas<br /> contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su<br /> concreción;<br /> b) Determinar la ubicación de los monumentos, en coordinación con las respectivas<br /> municipalidades y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervisar su<br /> construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº<br /> 17.288, sobre Monumentos Nacionales;<br /> c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus<br /> bases y resolverlo;<br /> d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y<br /> e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.<br /> Artículo 6º.- Facúltase a la comisión especial para preparar y articular<br /> convenios con y entre entidades públicas o privadas con el objeto de constituir un<br /> archivo y museo para la custodia y administración de aquellos bienes de interés cultural<br /> o histórico que, habiendo pertenecido al explorador Augusto Grosse Ickler, sean donados<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chileal efecto por sus sucesores. <br /> Artículo 7º.- Si una vez construidos los monumentos quedaren excedentes de las<br /> erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin señalado en el artículo<br /> precedente.<br /> Artículo 8º.- Los monumentos deberán erigirse en el plazo de cinco años, contado<br /> desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se<br /> hubieren ejecutado las obras, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de<br /> erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia o culturales que la comisión<br /> establezca.".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 21 de enero de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-<br /> Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior (S).<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa<br /> Sutil, Subsecretario del Interior.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>