Ley Nº 19.726

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Tipo Norma :Ley 19726<br /> Fecha Publicación :26-05-2001<br /> Fecha Promulgación :19-04-2001<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR<br /> Título :SUSTITUYE LA DENOMINACION DE LA COMUNA DE NAVARINO POR<br /> COMUNA DE CABO DE HORNOS Y ESTABLECE UNA AGRUPACION DE<br /> COMUNAS<br /> Tipo Version :Unica De : 26-05-2001<br /> Inicio Vigencia :26-05-2001<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=185661&amp;idVersion=200<br /> 1-05-26&amp;idParte<br /> SUSTITUYE LA DENOMINACION DE LA COMUNA DE NAVARINO POR COMUNA DE CABO DE HORNOS Y<br /> ESTABLECE UNA AGRUPACION DE COMUNAS<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1º.- Modifícanse el artículo 1º del<br /> decreto con fuerza de ley Nº 8583, de 1927, y el<br /> artículo 46 del decreto ley Nº 2868, de 1979, ambos del Ministerio del Interior, en el<br /> sentido de sustituir la denominación de la comuna de "Navarino", perteneciente a la<br /> provincia Antártica Chilena, de la XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena,<br /> por la de "Cabo de Hornos".<br /> Todas las referencias a la comuna de Navarino contenidas en disposiciones legales<br /> vigentes, se entenderán efectuadas a la comuna de Cabo de Hornos. <br /> Artículo 2º.- Establécese, en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 inciso<br /> primero de la Constitución Política, la agrupación de las comunas de Cabo de Hornos y<br /> Antártica, cuya administración corresponderá a la municipalidad con asiento en la<br /> comuna de Cabo de Hornos.<br /> Artículo Transitorio.- La agrupación de comunas establecida en el artículo 2º de<br /> esta ley, así como todos los efectos legales, administrativos y presupuestarios que se<br /> deriven de la administración conjunta, entrarán en vigencia el 1 de enero del año<br /> siguiente al de publicación de la presente ley.". <br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 19 de abril de 2001.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la<br /> República.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior (S).- Nicolás Eyzaguirre Guzmán,<br /> Ministro de Hacienda.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Carlos Mackenney<br /> Urzúa, Subsecretario del Interior Subrogante.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>