Ley Nº 19.642
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Fecha Publicación :25-10-1999
Fecha Promulgación :14-10-1999
Organismo :MINISTERIO DE HACIENDA
Título :OTORGA LA CALIDAD DE EXPORTADORA A LAS EMPRESAS QUE
OPEREN O EXPLOTEN PUERTOS DE USO PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DEL ARTICULO 36 DEL D.L. Nº 825, DE 1974
Tipo Version :Unica De : 25-10-1999
Inicio Vigencia :25-10-1999
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=146062&idVersion=199
9-10-25&idParte
OTORGA LA CALIDAD DE EXPORTADORA A LAS EMPRESAS QUE OPEREN O EXPLOTEN PUERTOS DE USO
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 36 DEL D.L. Nº 825, DE 1974
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
''Artículo único.- Agrégase como inciso final del artículo 36º del decreto ley
Nº 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el siguiente:
''Serán también considerados exportadores para gozar del beneficio establecido en
este artículo, las empresas portuarias creadas en virtud del artículo 1º de la ley
Nº19.542, las empresas titulares de las concesiones portuarias a que se refiere la misma
ley, así como, las demás empresas que exploten u operen puertos marítimos privados de
uso público, por los servicios que presten y que digan relación con operaciones de
exportación, importación y tránsito internacional de bienes.''.''.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 14 de octubre de 1999.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la
República.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Manuel Marfán Lewis,
Subsecretario de Hacienda.
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