Ley Nº 19.416
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Fecha Publicación :05-10-1995
Fecha Promulgación :25-09-1995
Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR
Título :CONCEDE AMNISTIA QUE SEÑALA EN RELACION CON LO
DISPUESTO EN ARTICULO 139 DE LA LEY N° 18.700
Tipo Version :Unica De : 05-10-1995
Inicio Vigencia :05-10-1995
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30783&idVersion=1995
-10-05&idParte
CONCEDE AMNISTIA QUE SEÑALA EN RELACION CON LO DISPUESTO EN ARTICULO 139 DE LA LEY
N° 18.700 Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al
siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo Unico.- Concédese amnistía a todas las personas que, con ocasión de las
Elecciones Municipales del día 28 de junio de 1992, hayan incurrido en infracción a lo
dispuesto en el artículo 139 de la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre
Votaciones Populares y Escrutinios.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 25 de septiembre de 1995.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la
República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Marcelo Schilling
Rodríguez, Subsecretario del Interior Subrogante.
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