Ley Nº 19.336
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Fecha Publicación :29-09-1994
Fecha Promulgación :05-09-1994
Organismo :MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Título :MODIFICA ARTICULO 7° DEL DECRETO LEY N° 211, DE
1973, SOBRE NORMAS PARA LA DEFENSA DE LA LIBRE
COMPETENCIA
Tipo Version :Unica De : 29-09-1994
Inicio Vigencia :29-09-1994
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30703&idVersion=1994
-09-29&idParte
MODIFICA ARTICULO 7° DEL DECRETO LEY N° 211, DE 1973, SOBRE NORMAS PARA LA DEFENSA
DE LA LIBRE COMPETENCIA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Sustitúyese, en la letra c) del
artículo 7° del decreto ley N° 211, de 1973, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado, fue fijado por el decreto supremo N° 511, de 1980, del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, las expresiones "Consejo de Desarrollo Regional" por
"Consejo Regional".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 5 de septiembre de 1994.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la
República.- Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos
Mladinich Alonso, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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