Ley Nº 19.323
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Fecha Publicación :18-08-1994
Fecha Promulgación :29-07-1994
Organismo :MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Título :MODIFICA ARTICULO 124 DE LA LEY GENERAL DE PESCA
Y;ACUICULTURA
Tipo Version :Unica De : 18-08-1994
Inicio Vigencia :18-08-1994
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30690&idVersion=1994
-08-18&idParte
MODIFICA ARTICULO 124 DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Intercálase en el inciso tercero del artículo 124 de la Ley
General de Pesca y Acuicultura contenida en el decreto supremo N° 430, del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción, de 1992, entre las palabras "de" e "Iquique", la
expresión "Arica,".
Artículo transitorio.- Las causas por las infracciones a que se refiere la norma
mencionada en el artículo precedente de esta ley, que estuvieren en tramitación en el
juzgado civil de Iquique a la fecha de vigencia de esta ley, continuarán sustanciándose
en dicho tribunal hasta su terminación.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 29 de Julio de 1994.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.-
Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juan Manuel
Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca, Subrogante.
Tribunal Constitucional Proyecto de ley que modifica el inciso tercero del artículo
124 de la Ley General de Pesca y Acuicultura El Secretario del Tribunal Constitucional,
quien suscribe, certifica que el Honorable Senado envió el proyecto de ley enunciado en
el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el
contro de su constitucionalidad, y que por sentencia de 19 de julio de 1994, declaró que
las disposiciones contempladas en los artículos único y transitorio del proyecto
remitido, son constitucionales.
Santiago, julio 20 de 1994.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.
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