Ley Nº 19.319
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Fecha Publicación :03-08-1994
Fecha Promulgación :14-07-1994
Organismo :MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Título :MODIFICA LEY N° 18.773 Y DISPONE SOBRE ENAJENACION
DE ACCIONES DE EMPRESA MARITIMA S.A.
Tipo Version :Unica De : 03-08-1994
Inicio Vigencia :03-08-1994
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30686&idVersion=1994
-08-03&idParte
MODIFICA LEY N° 18.773 Y DISPONE SOBRE ENAJENACION DE ACCIONES DE EMPRESA MARITIMA
S.A.
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Deróganse los incisos segundo y tercero del artículo 4° de la ley
N° 18.773.
Artículo 2°.- La enajenación de acciones que la Corporación de Fomento de la
Producción posea en la EMPRESA MARITIMA S.A., se efectuará por licitación pública,
determinándose en las bases en las que se haga el llamado -o el primero de ellos en el
caso que fueren más de uno-, que serán especialmente considerados los oferentes que
propongan potenciar el desarrollo de la empresa.
Hasta que se haga la primera licitación de que se trata en el inciso precedente, la
EMPRESA MARITIMA S.A. no podrá enajenar parte alguna de su participación accionaria en
TRANSCONTAINER S.A.
Artículo 3°.- La Corporación de Fomento de la Producción mantendrá una cantidad
de acciones dentro de su patrimonio, hasta por un plazo que no exceda de dos meses contado
desde la fecha en la que se produzca la enajenación de un paquete accionario en EMPRESA
MARITIMA S.A., con el objeto de ofrecerlas a los trabajadores de esa empresa o de
TRANSCONTAINER S.A., que con el producto del desahucio que percibieren desearan
adquirirlas. Esta obligación corresponderá directamente a EMPRESA MARITIMA S.A. en el
caso que hubiera un incremento accionario en virtud de un aumento de capital.
El monto total de las acciones que deberán conservarse para este efecto no excederá
de un 35% del total de las de la sociedad.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 14 de Julio de 1994.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.-
Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Felipe Sandoval
Precht, Ministro Vicepresidente Ejecutivo Corporación de Fomento de la Producción.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos
Mladinich Alonso, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.
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