Ley Nº 19.217
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Fecha Publicación :25-05-1993
Fecha Promulgación :07-05-1993
Organismo :MINISTERIO DE HACIENDA
Título :MODIFICA ARTICULO 36 DEL DECRETO LEY N° 825, DE 1974
Tipo Version :Unica De : 25-05-1993
Inicio Vigencia :25-05-1993
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30584&idVersion=1993
-05-25&idParte
MODIFICA ARTICULO 36 DEL DECRETO LEY N° 825, DE 1974 Teniendo presente que el H.
Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- En el penúltimo inciso del
artículo 36 del decreto ley N° 825, de 1974, reemplázase la expresión "el puerto de
Punta Arenas", por la frase "los puertos de Punta Arenas o Puerto Williams", y las
palabras "dicho puerto", por "dichos puertos"; e intercálase, entre el nombre "Punta
Arenas" y las palabras "al Continente Antártico", la expresión "o Puerto Williams".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 7 de mayo de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi,
Subsecretario de Hacienda.
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