Ley Nº 19.209
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Fecha Publicación :19-04-1993
Fecha Promulgación :01-04-1993
Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR
Título :CONCEDE NUEVO PLAZO PARA EFECTOS DE LO DISPUESTO EN
EL N° 4 DEL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 19.123, QUE CREO LA
CORPORACION NACIONAL DE REPARACION Y RECONCILIACION
Tipo Version :Unica De : 19-04-1993
Inicio Vigencia :19-04-1993
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30576&idVersion=1993
-04-19&idParte
CONCEDE NUEVO PLAZO PARA EFECTOS DE LO DISPUESTO EN EL N° 4 DEL ARTICULO 2° DE LA
LEY N° 19.123, QUE CREO LA CORPORACION NACIONAL DE REPARACION Y RECONCILIACION
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo único.- Concédese nuevo plazo, hasta de sesenta días después de la
publicación de la presente ley, para poner en conocimiento de la Corporación Nacional de
Reparación y Reconciliación, los casos a que se refiere el N° 4 del artículo 2° de la
ley N° 19.123. El plazo dentro del cual la Corporación deberá resolver sobre ellos
expirará el día 30 de octubre de 1993.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 1° de abril de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Gonzalo D. Martner Fanta,
Subsecretario del Interior Subrogante.
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