Ley Nº 19.205

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Tipo Norma :Ley 19205<br /> Fecha Publicación :06-02-1993<br /> Fecha Promulgación :29-01-1993<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR<br /> Título :AUTORIZA ERECCION DE MONUMENTOS EN MEMORIA DE DON<br /> JAIME GUZMAN ERRAZURIZ<br /> Tipo Version :Unica De : 06-02-1993<br /> Inicio Vigencia :06-02-1993<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30572&amp;idVersion=1993<br /> -02-06&amp;idParte<br /> AUTORIZA ERECCION DE MONUMENTOS EN MEMORIA DE DON JAIME GUZMAN ERRAZURIZ<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de Ley:<br /> "Artículo 1°.- Autorízase la erección de dos monumentos en memoria del Senador de<br /> la República don Jaime Guzmán Errázuriz.<br /> Artículo 2°.- Los monumentos se erigirán en las ciudades de Santiago y Valparaíso.<br /> Artículo 3°.- Las obras se financiarán mediante una colecta pública, la que se<br /> realizará en todo el país en fecha que la Comisión determine en coordinación con el<br /> Ministerio del Interior.<br /> Artículo 4°.- Créase un fondo con el mismo objeto, que estará constituido por<br /> erogaciones, donaciones y aportes privados.<br /> Artículo 5°.- Créase una Comisión de siete integrantes ad honorem, encargada de<br /> ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Senador, un<br /> Diputado, el Intendente de la Región Metropolitana y de la V Región de Valparaíso, dos<br /> Decanos de las Facultades de Arquitectura de la Pontificia Universidad Católica de Chile<br /> y de la Universidad Católica de Valparaíso y un representante del Consejo de Monumentos<br /> Nacionales.<br /> Los representantes parlamentarios serán nominados por sus respectivas Cámaras.<br /> Dicha Comisión será presidida por el Senador que la integre.<br /> Artículo 6°.- La Comisión Especial tendrá las siguientes funciones:<br /> a) Preparar las bases y el llamado a concurso público para la realización de los<br /> monumentos.<br /> b) Determinar la ubicación de los referidos monumentos.<br /> c) Realizar la colecta pública dispuesta en el artículo 3°, en coordinación con el<br /> Ministerio del Interior.<br /> d) Administrar el fondo creado conforme a lo dispuesto en el artículo 4°.<br /> e) Resolver el concurso público mencionado en la letra a) de este artículo.".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 29 de enero de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-<br /> Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco<br /> Baraona, Subsecretario del Interior.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>