Ley Nº 19.205
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Fecha Publicación :06-02-1993
Fecha Promulgación :29-01-1993
Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR
Título :AUTORIZA ERECCION DE MONUMENTOS EN MEMORIA DE DON
JAIME GUZMAN ERRAZURIZ
Tipo Version :Unica De : 06-02-1993
Inicio Vigencia :06-02-1993
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30572&idVersion=1993
-02-06&idParte
AUTORIZA ERECCION DE MONUMENTOS EN MEMORIA DE DON JAIME GUZMAN ERRAZURIZ
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo 1°.- Autorízase la erección de dos monumentos en memoria del Senador de
la República don Jaime Guzmán Errázuriz.
Artículo 2°.- Los monumentos se erigirán en las ciudades de Santiago y Valparaíso.
Artículo 3°.- Las obras se financiarán mediante una colecta pública, la que se
realizará en todo el país en fecha que la Comisión determine en coordinación con el
Ministerio del Interior.
Artículo 4°.- Créase un fondo con el mismo objeto, que estará constituido por
erogaciones, donaciones y aportes privados.
Artículo 5°.- Créase una Comisión de siete integrantes ad honorem, encargada de
ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por un Senador, un
Diputado, el Intendente de la Región Metropolitana y de la V Región de Valparaíso, dos
Decanos de las Facultades de Arquitectura de la Pontificia Universidad Católica de Chile
y de la Universidad Católica de Valparaíso y un representante del Consejo de Monumentos
Nacionales.
Los representantes parlamentarios serán nominados por sus respectivas Cámaras.
Dicha Comisión será presidida por el Senador que la integre.
Artículo 6°.- La Comisión Especial tendrá las siguientes funciones:
a) Preparar las bases y el llamado a concurso público para la realización de los
monumentos.
b) Determinar la ubicación de los referidos monumentos.
c) Realizar la colecta pública dispuesta en el artículo 3°, en coordinación con el
Ministerio del Interior.
d) Administrar el fondo creado conforme a lo dispuesto en el artículo 4°.
e) Resolver el concurso público mencionado en la letra a) de este artículo.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 29 de enero de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco
Baraona, Subsecretario del Interior.
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