Ley Nº 19.126

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Tipo Norma :Ley 19126<br /> Fecha Publicación :07-02-1992<br /> Fecha Promulgación :31-01-1992<br /> Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL<br /> Título :MODIFICA ARTICULO 16 DE LA LEY N° 17.798<br /> Tipo Version :Unica De : 07-02-1992<br /> Inicio Vigencia :07-02-1992<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30493&amp;idVersion=1992<br /> -02-07&amp;idParte<br /> MODIFICA ARTICULO 16 DE LA LEY N° 17.798 Teniendo presente que el H. Congreso<br /> Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de Ley:<br /> "Artículo Unico.- Agrégase al artículo 16 de la ley N° 17.798 el siguiente inciso<br /> cuarto, nuevo:<br /> "Sin perjuicio de lo anterior, el Ministro de Defensa Nacional dispondrá, en la forma<br /> que estime conveniente y para los efectos de la prevención e investigación de delitos,<br /> que la Dirección General de Movilización Nacional proporcione a Carabineros de Chile y a<br /> la Policía de Investigaciones de Chile, información expedita y permanente sobre las<br /> armas y elementos similares inscritos en el registro nacional a que se refiere el<br /> artículo 5° de esta ley.".".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 31 de Enero de 1992.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-<br /> Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Marcelo<br /> Marambio Molina, Teniente Coronel, Subsecretario de Guerra Subrogante. <br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>