Ley Nº 19.121
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Fecha Publicación :05-02-1992
Fecha Promulgación :29-01-1992
Organismo :MINISTERIO DE JUSTICIA
Título :ESTABLECE INDEMNIZACION PARA LOS MINISTROS Y FISCAL
DE LA CORTE SUPREMA
Tipo Version :Unica De : 05-02-1992
Inicio Vigencia :05-02-1992
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30488&idVersion=1992
-02-05&idParte
ESTABLECE INDEMNIZACION PARA LOS MINISTROS Y FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo único.- Los actuales ministros y el Fiscal de la Corte Suprema que,
habiendo cumplido 70 años de edad, renuncien a sus cargos, tendrán derecho a percibir
una indemnización de cargo fiscal por un monto equivalente a la remuneración total del
grado respectivo y demás beneficios pecuniarios correspondientes, vigentes a la fecha de
la renuncia, por cada año de servicio, con un máximo de 28 mensualidades.
El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley, en el año 1992, se imputará
al ítem
50-01-03-24-30.103 del Presupuesto del Sector Público.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, enero 29 de 1992.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de
Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud.- Bernardo
Espinosa Bancalari, Subsecretario de Justicia Subrogante.
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