Ley Nº 19.054
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Fecha Publicación :13-04-1991
Fecha Promulgación :26-03-1991
Organismo :MINISTERIO DE EDUCACION
Título :MODIFICA LEY N° 18.962, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE
ENSEÑANZA
Tipo Version :Unica De : 13-04-1991
Inicio Vigencia :13-04-1991
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30421&idVersion=1991
-04-13&idParte
MODIFICA LEY N° 18.962, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
"Artículo 1°.- Derógase la Ley N° 18.862.
Artículo 2°.- Introdúcense a la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de
Enseñanza, las modificaciones que a continuación se indican:
1) Introdúcense, al artículo 52, las siguientes enmiendas:
a) SuprímEse, en la letra n) la conjunción "y" que aparece al final de esta letra,
reemplazando la coma (,) que la antecede, por un punto y coma(;).
b) Sustitúyese en la letra ñ), el punto final (,) por un punto y coma (;).
c) AgrégaNse, a continuación de la letra ñ), las siguientes letras nuevas:
"o) Título de Educador de Párvulos: Licenciado en Educación, y
p) Título de Periodista: Licenciado en Comunicación Social.".
2) Intercálase en el inciso primero del artículo 72, a constinuación de la coma (,)
que sigue a la palabra "Naval", la expresión "Aeronáutica,";
3) Agrégase en el artículo 4° transitorio, en punto seguido (.), la frase: "En
estos casos, el Ministerio de Educación Pública contará con un plazo de 12 meses para
pronunciarse acerca de la solicitud.".
4) Intercálase en el artículo 7° transitorio entre los vocablos "pedagogía" y
"que", las siguientes palabras precedidas de una coma (,):", educación parvularia y
periodismo".".
Habiéndose cumplido con lo establecido en el N° 1 del Artículo 82 de la
Constitución Política de la República, y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, 26 de Marzo de 1991.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Raúl Allard Neumann,
Subsecretario de Educación.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 18.962, ORGANICA
CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la H. Cámara
de Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso
Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de su constitucionalidad, y que
por sentencia de 19 de Marzo de 1991, declaró:
1°.- Que las disposiciones contenidas en el artículo 2° del proyecto remitido, son
constitucionales.
2°.- Que no corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre la disposición contenida
en el artículo 1° del proyecto de ley remitido, por versar sobre una materia que no es
propia de ley orgánica constitucional, sino de ley común.
Santiago, marzo 19 de 1991.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.
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