Ley Nº 19.021

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Tipo Norma :Ley 19021<br /> Fecha Publicación :03-01-1991<br /> Fecha Promulgación :19-12-1990<br /> Organismo :MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO<br /> Título :MODIFICA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES Y<br /> OTRAS NORMAS RELATIVAS A VIVIENDAS ECONOMICAS<br /> Tipo Version :Unica De : 03-01-1991<br /> Inicio Vigencia :03-01-1991<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30388&amp;idVersion=1991<br /> -01-03&amp;idParte<br /> MODIFICA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES Y OTRAS NORMAS RELATIVAS A<br /> VIVIENDAS ECONOMICAS Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación<br /> al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1°.- Modifícase el artículo 162° del decreto con fuerza de ley N° 458,<br /> de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, en la<br /> siguiente forma:<br /> a) Agrégase a continuación del inciso tercero el siguiente inciso, pasando los<br /> actuales incisos cuarto, quinto y sexto a ser incisos quinto, sexto, séptimo,<br /> respectivamente:<br /> "Los edificios ya construidos, que al ser alterados o reparados se transformen en<br /> viviendas de una superficie edificada no superior a 140 metros cuadrados por unidad de<br /> vivienda, podrán acogerse a los beneficios, franquicias y exenciones de las viviendas<br /> económicas y se considerarán como tales para todos los efectos legales, siempre que<br /> reúnan las características, requisitos y condiciones que se determinan en este Título,<br /> en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1959, en el Reglamento Especial de Viviendas<br /> Económicas y en los casos que corresponda, además, cumplan los requisitos de la ley N°<br /> 6.071 y su Ordenanza. El permiso de alteración o reparación, una vez aprobado por la<br /> Dirección de Obras Municipales, deberá reducirse a escritura pública en la forma y<br /> condiciones que determina el artículo 18° del decreto con fuerza de ley N° 2, de<br /> 1959.".<br /> b) Reemplázase en el actual inciso quinto, que ha pasado a ser inciso sexto, el<br /> vocablo "construcción", por "construcción, alteración o reparación,". <br /> Artículo 2°.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 1° del decreto con fuerza<br /> de ley N° 2, de 1959, en su texto definitivo fijado por el decreto supremo N° 1.101, del<br /> Ministerio de Obras Públicas, de 1960:<br /> "Los edificios ya construidos, que al ser alterados o reparados se transformen en<br /> viviendas de una superficie edificada no superior a 140 metros cuadrados por unidad de<br /> vivienda, podrán acogerse a los beneficios, franquicias y exenciones de las viviendas<br /> económicas y se considerarán como tales para todos los efectos legales, siempre que<br /> reúnan las características, requisitos y condiciones que se determinan en este decreto<br /> con fuerza de ley, en el título IV del decreto con fuerza de ley N° 458, de Vivienda y<br /> Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, en el Reglamento Especial<br /> de Viviendas Económicas y en los casos que corresponda, además cumplan los requisitos de<br /> la ley N° 6.071 y su Ordenanza. El permiso de alteración o reparación, una vez aprobado<br /> por la Dirección de Obras Municipales, deberá reducirse a escritura pública en la forma<br /> y condiciones que determina el artículo 18° del presente decreto con fuerza de ley.".<br /> Artículo 3°.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 51° de la Ley N°<br /> 16.391, en su texto sustituido por el decreto ley N° 1.523, de 1976, la locución "de<br /> construcción de viviendas", por la expresión " de construcción, alteración o<br /> reparación de viviendas,".". <br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, diciembre 19 de 1990.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-<br /> Alberto Etchegaray Aubry, Ministro de Vivienda y Urbanismo.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Elizabeth Joan Mac-Donald Maier,<br /> Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>