Ley Nº 19.006
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Fecha Publicación :22-11-1990
Fecha Promulgación :15-11-1990
Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Título :MODIFICA ARTICULO 1° DE LA LEY N° 18.291
Tipo Version :Unica De : 22-11-1990
Inicio Vigencia :22-11-1990
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30374&idVersion=1990
-11-22&idParte
MODIFICA ARTICULO 1° DE LA LEY N° 18.291 Teniendo presente que el H. Congreso
Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Modifícase el artículo 1° de la
ley N° 18.291, aumentando la Planta y grados del Pesonal
de Carabineros de Chile, en la siguiente forma:
Número de Empleos Grados
I.- PERSONAL DE NOMBRAMIENTO SUPREMO
A) OFICIALES DE FILA.
1.- Escalafón de Orden y Seguridad:
1 General 3
5 Coroneles 5
12 Tenientes Coroneles 7
18 Mayores 8
37 Capitanes 9
127 Tenientes 11
25 Subtenientes 13
Número de Empleos Grados
2. Escalafón Femenino:
4 Capitanes 9
8 Tenientes 11
3 Subtenientes 13
3. Escalafón de Intendencia:
1 Coronel 5
2 Tenientes Coroneles 7
3 Mayores 8
2 Capitanes 9
4 Tenientes 11
B) OFICIALES DE LOS SERVICIOS
1. Escalafón de Justicia:
1 Coronel 5
2 Mayores 8
1 Capitán 9
1 Teniente 11
2. Escalafón de Sanidad:
1 Teniente Coronel 7
2 Mayores 8
2 Capitanes 9
6 Tenientes 11
2. Escalafón de Sanidad Dental:
1 General 3
1 Teniente Coronel 7
2 Mayores 8
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile1 Capitán 9
2 Tenientes 11
4. Escalafón de Veterinaria:
3 Tenientes 11
C) EMPLEADOS CIVILES
1 Empleado Civil 8
1 Empleado Civil 9
1 Empleado Civil 11
II.- PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL.
A) PERSONAL DE FILA
1. Escalafón de Orden y Seguridad y de los Servicios:
Número de Empleos Grados
28 Suboficiales Mayores 11
68 Suboficiales 12
179 Sargentos 1ros. 13
314 Sargentos 2dos. 14
795 Cabos 1ros. 15
1.294 Cabos 2dos. 16
1.300 Carabineros 18
2. Escalafón de Secretaría:
2 Suboficiales Mayores 11
3 Suboficiales 12
7 Sargentos 1ros. 13
13 sargentos 2dos. 14
26 Cabos 1ros. 15
54 Cabos 2dos. 16
B) PERSONAL CIVIL
1. Empleos Varios:
1 Empleado Civil 12
1 Empleado Civil 13
4 Empleados Civiles 14
5 Empleados Civiles 15
9 Empleados Civiles 16
16 Empleados Civiles 18
ARTICULOS TRANSITORIOS
Artículo 1°.- El aumento de la Planta de Carabineros
de Chile, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1°
de la presente ley, se materializará conforme al
siguiente programa de aumentos anuales:
NOV.1990-1991 1992 1993 1994
PERSONAL DE
NOMBRAMIENTO SUPREMO 70 71 70 70
PERSONAL DE NOMBRAMIENTO
INSTITUCIONAL 1.030 1.029 1.030 1.030
===== ===== ===== =====
La provisión de estas plazas deberá efectuarse
anualmente en proporción al número de cargos que se
incrementen por plantas y escalafones.
No obstante lo anterior, podrá incrementarse el
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chileúmero de cargos asignados a cada escalafón si los
recursos presupuestarios disponibles para la respectiva
anualidad lo permiten.
Artículo 2°.- El mayor gasto que origine la aplicación de la presente ley, de
acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, será de cargo fiscal y su
financiamiento será consultado anualmente en el Presupuesto de la Subsecretaría de
Carabineros de Chile.
Artículo 3°.- Las disposiciones transitorias contenidas en la ley N° 18.291
mantendrán plena vigencia hasta la fecha en que se produzca el ajuste total en la
provisión y eliminación de plazas que en ellas se contempla.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y
llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, noviembre 15 de 1990.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-
Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Jorge Kindermann
Fernández, Subsecretario de Carabineros.
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