Ley Nº 18.991

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Tipo Norma :Ley 18991<br /> Fecha Publicación :16-08-1990<br /> Fecha Promulgación :07-08-1990<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR<br /> Título :CONCEDE AMNISTIA A INFRACTORES QUE INDICA DE LA LEY<br /> N° 18.700, ORGANICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES<br /> POPULARES Y ESCRUTINIOS<br /> Tipo Version :Unica De : 16-08-1990<br /> Inicio Vigencia :16-08-1990<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=30359&amp;idVersion=1990<br /> -08-16&amp;idParte<br /> CONCEDE AMNISTIA A INFRACTORES QUE INDICA DE LA LEY N° 18.700, ORGANICA CONSTITUCIONAL<br /> SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS<br /> Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo único.- Concédese amnistía a todas las personas que hayan incurrido en<br /> infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 126, 127, 128, 139 y 12<br /> transitorio de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y<br /> Escrutinios, en el período comprendido entre el 1° de octubre de 1988 y el 31 de<br /> diciembre de 1989.".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, agosto 7 de 1990.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.-<br /> Belisario Velasco Baraona, Ministro del Interior Subrogante.<br /> Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco<br /> Baraona, Subsecretario del Interior.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>