D.s. Nº94
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Fecha Publicación :22-08-2003
Fecha Promulgación :07-04-2003
Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Título :Promulga Enmiendas adoptadas por el Comité de Protección
del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional
al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación
por los Buques
Tipo Version :Unica De : 22-08-2003
Inicio Vigencia :22-08-2003
Fecha Tratado :22-08-2003
Tipo Tratado :Multilateral
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=213869&idVersion=200
3-08-22&idParte
PROMULGA LAS ENMIENDAS AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACION POR LOS
BUQUES, EN SU FORMA MODIFICADA POR EL PROTOCOLO DE 1978 (MARPOL 73-78), ADOPTADAS MEDIANTE
RESOLUCIONES DEL COMITE DE PROTECCION DEL MEDIO MARINO DE LA ORGANIZACION MARITIMA
INTERNACIONAL Y DE LA CONFERENCIA DE LAS PARTES DE DICHO CONVENIO
Núm. 94.- Santiago, 7 de abril de 2003.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50),
Nº 1), de la Constitución Política de la República y la ley Nº 18.158.
Considerando:
Que el Comité de Protección del Medio Marino, MEPC., de la Organización Marítima
Internacional y la Conferencia de las Partes del Convenio Internacional para Prevenir la
Contaminación por los Buques, en su forma modificada por el Protocolo de 1978 (MARPOL 73-
78), adoptaron diversas Enmiendas a dicho Convenio mediante las resoluciones MEPC.14 (20),
de 7 de septiembre de 1984; MEPC.16 (22) y MEPC.21 (22), de 5 de diciembre de 1985;
MEPC.29 (25), de 1 de diciembre de 1987; MEPC.32 (27); MEPC.33 (27) y MEPC.34 (27), de 17
de marzo de 1989; MEPC.36 (28), de 17 de octubre de 1989; MEPC.39 (29); MEPC.40 (29), y
MEPC.41 (29), de 16 de marzo de 1990; MEPC.42 (30), de 16 noviembre de 1990; MEPC.47 (31)
y MEPC.48 (31), de 4 de julio de 1991; MEPC.51 (32) y MEPC.52 (32), de 6 marzo de 1992;
MEPC.55 (33); MEPC.56 (33); MEPC.57 (33), y MEPC.58 (33), de 30 de octubre de 1992;
MEPC.65 (37), de 14 de septiembre de 1995; MEPC.68 (38); MEPC.69 (38), y MEPC.70 (38), de
10 de julio de 1996; MEPC.73 (39), de 10 de marzo de 1997 y MEPC.75 (40), de 25 de
septiembre de 1997, y las resoluciones 1, 2 y 3, de 2 de noviembre de 1994, de la
Conferencia de las Partes de MARPOL 73-78.
Que dichas Enmiendas fueron aprobadas por el Congreso Nacional, según consta en el
oficio Nº 3.506, de 5 de septiembre de 2001, de la Honorable Cámara de Diputados.
Que el Instrumento de Ratificación fue depositado ante el Secretario General de la
Organización Marítima Internacional con fecha 20 de diciembre de 2002,
D e c r e t o:
Artículo único: Promúlganse las Enmiendas adoptadas por el Comité de Protección
del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional al Convenio Internacional
para Prevenir la Contaminación por los Buques, en su forma modificada por el Protocolo de
1978 (MARPOL 73-78), mediante las siguientes resoluciones: MEPC.14 (20), de 7 de
septiembre de 1984; MEPC.16 (22) y MEPC.21 (22), de 5 de diciembre de 1985; MEPC.29 (25),
de 1 de diciembre de 1987; MEPC.32 (27); MEPC.33 (27), y MEPC.34 (27), de 17 de marzo de
1989; MEPC.36 (28), de 17 de octubre de 1989; MEPC.39 (29); MEPC.40 (29), y MEPC.41 (29),
de 16 marzo de 1990; MEPC.42 (30), de 16 noviembre de 1990; MEPC.47 (31) y MEPC.48 (31),
de 4 de julio de 1991; MEPC.51 (32) y MEPC.52 (32), de 6 marzo de 1992; MEPC.55 (33);
MEPC.56 (33); MEPC.57 (33), y MEPC.58 (33), de 30 de octubre de 1992; MEPC.65 (37), de 14
de septiembre de 1995; MEPC.68 (38); MEPC.69 (38), y MEPC.70 (38), de 10 de julio de 1996;
MEPC.73 (39), de 10 de marzo de 1997; MEPC.75 (40), de 25 de septiembre de 1997, y las
resoluciones 1, 2 y 3, de 2 de noviembre de 1994, de la Conferencia de las Partes del
Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques en su forma
modificada por el Protocolo de 1978 (MARPOL 73-78); cúmplanse y llévense a efecto como
ley y publíquense en la forma establecida en la ley Nº 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR,
Presidente de la República de Chile.- María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de
Relaciones Exteriores.
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileLo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Miguel Cruz Sánchez, Embajador,
Director General Administrativo.
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