D.s. Nº 798

Descarga el documento en version PDF

Tipo Norma :Decreto 798<br /> Fecha Publicación :03-10-1998<br /> Fecha Promulgación :18-05-1998<br /> Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES<br /> Título :Promulga Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile<br /> y el Gobierno de la República Francesa Relativo a Consultas<br /> Políticas de Alto Nivel<br /> Tipo Version :Unica De : 03-10-1998<br /> Inicio Vigencia :03-10-1998<br /> Fecha Tratado :03-10-1998<br /> País Tratado :Francia<br /> Tipo Tratado :Bilateral<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=125249&amp;idVersion=199<br /> 8-10-03&amp;idParte<br /> PROMULGA EL ACUERDO CON LA REPUBLICA FRANCESA RELATIVO A CONSULTAS POLITICAS DE ALTO NIVEL<br /> Núm. 798.- Santiago, 18 de mayo de 1998.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32,<br /> Nº 17, y 50 Nº 1), de la Constitución Política de la República.<br /> Considerando:<br /> Que con fecha 24 de octubre de 1994 los Gobiernos de la República de Chile y de la<br /> República Francesa suscribieron, en Santiago, el Acuerdo Relativo a Consultas de Alto<br /> Nivel.<br /> Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio<br /> Nº 12.115, de 15 de abril de 1998, del Honorable Senado.<br /> D e c r e t o:<br /> Artículo único.- Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile<br /> y el Gobierno de la República Francesa Relativo a Consultas de Alto Nivel, suscrito el 24<br /> de octubre de 1994; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada<br /> de su texto en el Diario Oficial.<br /> Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE,<br /> Presidente de la República.- Raúl Troncoso Castillo, Ministro de Relaciones Exteriores<br /> Subrogante.<br /> Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Demetrio Infante Figueroa, Embajador,<br /> Director General Administrativo.<br /> ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL <br /> GOBIERNO DE LA REPUBLICA FRANCESA RELATIVO A CONSULTAS <br /> POLITICAS DE ALTO NIVEL<br /> El Gobierno de la República de Chile, por una parte, y<br /> El Gobierno de la República Francesa, por otra, en <br /> adelante denominados ''las Partes'':<br /> Conscientes de la necesidad de un intercambio <br /> permanente de informaciones en el marco de los contactos <br /> bilaterales regulares,<br /> Reafirmando su intención de desarrollar el diálogo en <br /> asuntos bilaterales y en otros temas de carácter regional e <br /> internacional de interés mutuo, que reflejen el dinamismo de <br /> las relaciones chileno-francesas;<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileConfirmando la utilidad de las consultas directas e <br /> informales entre autoridades del Ministerio de Relaciones <br /> Exteriores de la República de Chile y del Ministerio de <br /> Asuntos Exteriores de la República Francesa, como también de <br /> las consultas que se desarrollan en los diferentes foros y <br /> organizaciones internacionales, en particular, en la <br /> Organización de las Naciones Unidas,<br /> Han acordado lo siguiente:<br /> 1. Se establece un mecanismo de Consultas entre el <br /> Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile <br /> y el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República <br /> Francesa. Estas consultas se realizarán a nivel de <br /> representantes de los dos Ministerios. Ellas tendrán lugar <br /> cada año, alternadamente, en Chile y en Francia.<br /> 2. La fecha, nivel, duración y agenda de estas <br /> consultas se determinarán de común acuerdo por la vía <br /> diplomática.<br /> 3. Las conversaciones y los resultados de estas <br /> reuniones no serán formalizadas en actas ni darán lugar a <br /> declaraciones conjuntas. Sin perjuicio de lo anterior, cada <br /> Parte podrá informar a la prensa de la realización de estas <br /> conversaciones.<br /> 4. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de <br /> su suscripción y por un lapso de cinco años, al cabo de los <br /> cuales se entenderá prorrogado por tácita reconducción. Las <br /> Partes podrán denunciar el presente Acuerdo mediante <br /> notificación por escrito enviada con seis meses de <br /> anticipación.<br /> Hecho en Santiago, a veinticuatro días del mes de <br /> octubre de mil novecientos noventa y cuatro, en dos <br /> ejemplares originales, en idiomas español y francés, siendo <br /> ambos textos igualmente auténticos.<br /> Por el Gobierno de la Por el Gobierno de la<br /> República de Chile República Francesa<br /> José Miguel Insulza Salinas Alain Juppe<br /> Ministro de Relaciones Ministro de Asuntos<br /> Exteriores Exteriores<br /> Conforme con su original.- Mariano Fernández <br /> Amunátegui, Subsecretario de Relaciones Exteriores.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>