D.s. Nº 678

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Tipo Norma :Decreto 678<br /> Fecha Publicación :04-08-1992<br /> Fecha Promulgación :28-05-1992<br /> Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES; SUBSECRETARIA DE<br /> RELACIONES EXTERIORES<br /> Título :Promulga Acuerdo con Guatemala sobre Exención del Requisito<br /> de Visa para los portadores de pasaportes Diplomáticos,<br /> Oficiales y Especiales o Consulares<br /> Tipo Version :Unica De : 04-08-1992<br /> Inicio Vigencia :04-08-1992<br /> Fecha Tratado :04-08-1992<br /> País Tratado :Guatemala<br /> Tipo Tratado :Bilateral<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=86010&amp;idVersion=1992<br /> -08-04&amp;idParte<br /> PROMULGA EL ACUERDO CON GUATEMALA SOBRE EXENCION DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS PORTADORES<br /> DE PASAPORTES DIPLOMATICOS, OFICIALES Y ESPECIALES O CONSULARES <br /> N° 678.-<br /> PATRICIO AYLWIN AZOCAR Presidente de la República de Chile<br /> POR CUANTO con fecha 25 de marzo de 1991 se suscribió entre los Gobiernos de las<br /> Repúblicas de Chile y de Guatemala el Acuerdo referente a la Exención del requisito de<br /> Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y Especiales o Consulares.<br /> Y POR CUANTO, dicho Acuerdo ha sido aceptado por mí, previa aprobación del Congreso<br /> Nacional, según consta en el oficio No. 1.697, del Honorable Senado, de fecha 30 de<br /> octubre de 1991.<br /> POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 No.<br /> 17, y 50 número 1) de la Constitución Política de la República, <br /> dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se publique copia<br /> autorizada de su texto en el Diario Oficial.<br /> DADO en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, a<br /> los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y dos.<br /> Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR,<br /> Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores. Lo<br /> que transcribo a US. para su conocimiento,- Cristián Barros Melet, Director General<br /> Administrativo. <br /> ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE<br /> GUATEMALA REFERENTE A LA EXENCION DEL REQUISITO DE VISA PARA PORTADORES DE PASAPORTES<br /> DIPLOMATICOS, OFICIALES Y ESPECIALES O CONSULARES <br /> El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala deseosos<br /> de estrechar los lazos de amistad entre los dos países, est n dispuestos a celebrar un<br /> Acuerdo sobre la exención de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos,<br /> oficiales y especiales o consulares en los siguientes términos:<br /> 1.- Los nacionales de la República de Chile y de la República de Guatemala, titulares de<br /> pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales o consulares vigentes, estarán exentos<br /> del requisito de obtener visa para ingresar a la República de Chile y a la República de<br /> Guatemala.<br /> 2.- Los titulares de los pasaportes antes mencionados podrán permanecer hasta tres meses<br /> en el territorio chileno o guatemalteco, con reingresos múltiples.<br /> 3.- La supresión del requisito de visa establecida por el presente Acuerdo no exime a los<br /> titulares de dichos pasaportes de la observancia de las leyes y reglamentos en vigor<br /> relativos a la entrada, permanencia y salida de los respectivos países.<br /> 4.- Ambos Gobiernos se reservan el derecho de impedir el ingreso en forma discrecional<br /> cuando consideren inconveniente la entrada al país de una persona determinada.<br /> 5.- El presente Acuerdo tendrá duración indefinida. Podrá ser denunciado por cualquiera<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chilede las Partes mediante aviso previo de tres meses, por la vía diplomática.<br /> 6.- Este Acuerdo entrar en vigencia en la fecha de la última notificación por la que<br /> una de las Partes comunique a la otra el término de los trámites internos<br /> correspondientes.<br /> En Fe de lo cual, los infrascritos, siendo plenamente autorizados por sus correspondientes<br /> Gobiernos, suscriben este Acuerdo.<br /> Hecho en Ciudad de Guatemala a los veinticinco días del mes de Marzo de mil novecientos<br /> noventa y uno, en dos originales en idioma español, siendo ambos textos igualmente<br /> auténticos.<br /> Por el Gobierno de la República de Chile.- Edmundo Vargas Carreño, Subsecretario de<br /> Relaciones Exteriores.- Por el Gobierno de la República de Guatemala, Manuel Villacorta<br /> Miron, Vice Ministro de Relaciones Exteriores. Conforme con su original.- Edmundo Vargas<br /> Carreño, Subsecretario de Relaciones Exteriores.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>