D.s. Nº 622

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Tipo Norma :Decreto 622<br /> Fecha Publicación :04-09-1991<br /> Fecha Promulgación :15-05-1991<br /> Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES<br /> Título :Promulga Acuerdo sobre Supresión de Visas para los<br /> Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y<br /> Especiales, entre los Gobiernos de Chile y Hungría,<br /> concertado en Budapest por intercambio de notas el 10 de<br /> Septiembre de 1990.<br /> Tipo Version :Unica De : 04-09-1991<br /> Inicio Vigencia :04-09-1991<br /> Fecha Tratado :04-09-1991<br /> País Tratado :Hungría<br /> Tipo Tratado :Bilateral<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=14695&amp;idVersion=1991<br /> -09-04&amp;idParte<br /> PROMULGA ACUERDO SOBRE SUPRESION DE VISAS PARA LOS TITULARES DE PASAPORTES<br /> DIPLOMATICOS, OFICIALES Y ESPECIALES<br /> PATRICIO AYLWIN AZOCAR Presidente de la República de Chile<br /> N° 622 POR CUANTO, el Gobierno de la República de Chile, por Cambio de Notas de<br /> fecha 10 de septiembre de 1990, efectuado en Budapest, concertó con el Gobierno de la<br /> República de Hungría el Acuerdo sobre Supresión de Visas para los Titulares de<br /> Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y Especiales,<br /> Y POR CUANTO dicho, Acuerdo ha sido aceptado por mí, previa aprobación del Congreso<br /> Nacional, según consta en el Oficio del Honorable Senado N° 918, de 11 de abril de 1991.<br /> POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 N° 17 y 50<br /> número 1) de la Constitución Política de la República,<br /> dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se publique copia<br /> autorizada de su texto en el Diario Oficial.<br /> Dado en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el<br /> Departamento de Relaciones Exteriores, a los quince días del mes de mayo de mil<br /> novecientos noventa y uno.<br /> Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR,<br /> Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.-<br /> Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.<br /> Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Aliro Verdugo Lay, Director General<br /> Administrativo. <br /> Su Excelencia<br /> Sr. Edmundo Vargas Carreño Secretario de Estado de Relaciones Exteriores de la<br /> República de Chile<br /> Vuestra Excelencia:<br /> Tengo el honor de certificar la recepción de su Nota fechada hoy día, cuyo texto en<br /> húngaro es el siguiente:<br /> "Vuestra Excelencia:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el objeto de proponer a su<br /> Gobierno, en nombre del Gobierno de Chile, un acuerdo de reciprocidad entre nuestros dos<br /> países, concerniente a la supresión de visa para los titulares de pasaportes<br /> diplomáticos, oficiales y especiales, en los términos siguientes:<br /> 1. Los nacionales de la República de Chile y de la República de Hungría, titulares<br /> de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales válidos, estarán exentos del<br /> requisito de obtener visa para ingresar a la República de Chile y a la República de<br /> Hungría respectivamente.<br /> 2. Los titulares de los pasaportes antes mencionados podrán permanecer hasta tres<br /> meses en el territorio chileno o húngaro.<br /> Este plazo podrá ser prorrogado por las autoridades competentes de cada país, por un<br /> período igual.<br /> 3. Los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales que presten<br /> servicios en las correspondientes misiones diplomáticas o representaciones consulares que<br /> hayan sido acreditados como miembros de su personal, podrán ingresar, permanecer y salir<br /> libremente del país receptor durante el período que dure su misión.<br /> 4. La supresión del requisito de visa establecido por el presente Acuerdo no exime a<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chilelos titulares de dichos pasaportes de la observancia de las leyes y reglamentos en vigor<br /> relativos a la entrada, permanencia y salida de los respectivos países.<br /> 5.- Ambos Gobiernos se reservan el derecho a permitir el ingreso en forma<br /> discrecional, cuando consideren inconveniente la entrada al país de una persona<br /> determinada.<br /> 6. El presente Acuerdo tendrá duración indefinida. Podrá ser denunciado por<br /> cualquiera de las Partes mediante aviso previo de tres meses, por la vía diplomática y<br /> por escrito.<br /> Si lo anteriormente expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la República de<br /> Hungría, esta Nota y la respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste dicha<br /> conformidad, constituirán un Acuerdo entre nuestros Gobiernos sobre la materia, el cual<br /> entrará en vigor el 1 de octubre de 1990.<br /> Vuestra Excelencia, aprovecho la ocasión para expresarle mi consideración más<br /> distinguida".<br /> Tengo el honor de comunicar a Ud. que el gobierno de la República de Hungría<br /> concuerda con el contenido de su Nota.<br /> Vuestra Excelencia, aprovecho la ocasión para expresarle mi consideración más<br /> distinguida.<br /> Budapest, a 10 de septiembre de 1990.<br /> Firma ilegible<br /> Dr. Somogyi Ferenc.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>