D.s. Nº 1.688
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Fecha Publicación :19-01-1995
Fecha Promulgación :14-11-1994
Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Título :Promulga Acuerdo entre los Gobiernos de Chile y México para
el Establecimiento de la Comisión Binacional Permanente,
adoptado por Cambio de Notas de fecha 14 de Octubre de 1993
Tipo Version :Unica De : 19-01-1995
Inicio Vigencia :19-01-1995
Fecha Tratado :19-01-1995
País Tratado :México
Tipo Tratado :Bilateral
URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=18370&idVersion=1995
-01-19&idParte
PROMULGA EL ACUERDO CON LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA
COMISION BINACIONAL PERMANENTE
Núm. 1.688.- Santiago, 14 de Noviembre de 1994.- Vistos: Los artículos 32, N° 17, y
50, N° 1), de la Constitución Política de la República.
C o n s i d e r a n d o:
Que por Cambio de Notas de fecha 14 de Octubre de 1993 los Gobiernos de la República
de Chile y de los Estados Unidos Mexicanos, adoptaron el Acuerdo para el Establecimiento
de la Comisión Binacional Permanente.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio
N° 253, de 1° de Septiembre de 1994, de la Honorable Cámara de Diputados.
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo segundo del número 9.- del
mencionado Acuerdo.
D e c r e t o:
Artículo único.- Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile
y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para el Establecimiento de la Comisión
Binacional Permanente, adoptado por Cambio de Notas de fecha 14 de Octubre de 1993;
cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el
Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- CARLOS FIGUEROA SERRANO,
Vicepresidente de la República.- Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones
Exteriores Subrogante.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Raúl Orellana Ramírez, Embajador,
Director General Administrativo.
Santiago, 14 de octubre de 1993 Al Excelentísimo Señor, Fernando Solana Secretario
de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos
Señor Ministro:
Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia con relación a su atenta Nota de fecha
de hoy cuyo texto es el siguiente:
"Señor Ministro:
En cumplimiento de la voluntad expresada por los Presidentes de México, Carlos
Salinas de Gortari y de la República de Chile, Patricio Aylwin Azócar, tengo la honra de
proponer a Vuestra Excelencia el establecimiento de la Comisión Binacional México-Chile
que permitirá estrechar aún más los excelentes vínculos que caracterizan la relación
entre ambos países y que tendrá las siguientes características:
"Los Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Chile:
INSPIRADOS en los cada vez más estrechos nexos que, en todos los órdenes, se han
establecido entre los Pueblos y los Gobiernos de México y Chile;
RESUELTOS a hacer fructificar la rica gama de antecedentes de cooperación alcanzada
por ambos países;
CONVENCIDOS de la necesidad de adoptar mecanismos innovadores para enfrentar los retos
que impone el desarrollo político, económico y social de nuestros pueblos;
IMPULSADOS por el firme propósito de profundizar los procesos de consulta y
concertación política, así como de la integración económica de América Latina, con
miras a fortalecer el papel de la región en el contexto internacional;
www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileDECIDIDOS, conforme a los objetivos comunes de paz, seguridad, democracia y desarrollo
de los países que integran el Grupo de Río, a fortalecer y consolidar el importante
papel alcanzado por este mecanismo a nivel regional y mundial;
RECONOCIENDO la relevancia de los acuerdos bilaterales vigentes entre México y Chile,
así como la necesidad de ampliarlos a nuevas áreas y modalidades de concertación,
cooperación y complementación, Acuerdan lo siguiente:
1.- Establecer la Comisión Binacional Permanente entre el Gobierno de los Estados
Unidos Mexicanos y la República de Chile, la que se encargará de la evaluación y
ejecución de un esquema amplio de colaboración y complementación entre ambos países.
2.- La Comisión Binacional Permanente estará presidida por los Cancilleres de ambos
países y la integrarán los funcionarios que designen para tal efecto.
3.- La Comisión Binacional Permanente se reunirá en las fechas que convengan ambas
Partes por la vía diplomática y de manera alternada en México y Chile, por lo menos
cada dos años.
4.- La Comisión Binacional Permanente estará conformada por las siguientes
Subcomisiones: Política, Económica y Comercial, de Cooperación Técnica y Científica,
Cultural y Educativa las que se integrarán por representantes de las respectivas
Cancillerías y a las que podrán ser invitadas a participar otras dependencias
gubernamentales directamente relacionadas con temas específicos.
5.- Cuando se reúna la Comisión Binacional Permanente, las Comisiones Mixtas u otros
organismos de evaluación y seguimiento establecidos en convenios que se celebren entre
ambas Partes, se constituirán en Subcomisiones y elevarán el resultado de sus trabajos a
la Comisión Binacional.
6.- Corresponderá a las Subcomisiones elaborar diagnósticos globales y sectoriales
representativos de la cooperación en el área correspondiente y elaborar los programas
periódicos que determinarán las actividades e intercambios a ser realizados.
7.- La Comisión Binacional Permanente conocerá de los resultados y conclusiones a
los que llegue la Comisión Administradora del Acuerdo de Complementación Económica y
las demás Comisiones y Grupos Bilaterales establecidos en virtud de los acuerdos
institucionales entre Chile y México.
8.- Al entrar en vigor el presente acuerdo, quedará sin efecto el Mecanismo de
Consultas Periódicas sobre Temas Políticos, Económicos y de Cooperación emanado del
Comunicado Conjunto emitido al término de la Visita de Estado que realizó a la
República de Chile el Presidente Carlos Salinas de Gortari, del 22 al 24 de marzo de
1990.
9.- El presente acuerdo podrá ser modificado por mutuo consentimiento de las Partes,
formalizado a través de comunicaciones escritas, cursadas por la vía diplomática, en
las que se especificará la fecha de entrada en vigor de dichas modificaciones.
Si la anterior propuesta es aceptable para el Gobierno de Vuestra Excelencia, esta
Nota y la de respuesta en sentido afirmativo constituirán un Acuerdo para ambos Gobiernos
que se aplicará provisionalmente a partir de la fecha de su firma y entrará en vigor a
partir de la fecha de la última notificación de una de las Partes en que comunique a la
Otra que se ha dado término a los trámites internos correspondientes.
Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más
alta y distinguida consideración".
Al respecto, me es grato manifestar la conformidad del Gobierno de Chile con los
términos antes expresados, por lo que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente Nota de
respuesta, constituyen un Acuerdo entre nuestros Gobiernos.
Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi
más alta y distinguida consideración.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones
Exteriores.-
Conforme con su original.- Fabio Vio Ugarte, Subsecretario de Relaciones Exteriores
Subrogante.
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