Ley Nº 20.155

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Tipo Norma :Ley 20155<br /> Fecha Publicación :05-01-2007<br /> Fecha Promulgación :26-12-2006<br /> Organismo :MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA<br /> Título :MODIFICA EL ARTICULO 36 DE LA LEY Nº 20.143<br /> Tipo Version :Unica De : 05-01-2007<br /> Inicio Vigencia :05-01-2007<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=257040&amp;idVersion=200<br /> 7-01-05&amp;idParte<br /> LEY NUM. 20.155<br /> MODIFICA EL ARTICULO 36 DE LA LEY Nº 20.143<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1°.- Suprímese en el inciso primero del artículo 36 de la ley Nº<br /> 20.143 la frase "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de<br /> septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive" y la<br /> coma (,) que la precede.<br /> Artículo 2°.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley,<br /> durante el presente año, se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud.<br /> No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria<br /> del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se<br /> pudiere financiar con esos recursos.".<br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 26 de diciembre de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la<br /> República.- María Soledad Barría Iroume, Ministra de Salud.- Andrés Velasco Brañes,<br /> Ministro de Hacienda.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Lidia Amarales Osorio,<br /> Subsecretaria de Salud Pública.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>