Ley Nº 20.104

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Tipo Norma :Ley 20104<br /> Fecha Publicación :27-04-2006<br /> Fecha Promulgación :24-04-2006<br /> Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL; SUBSECRETARIA DE CARABINEROS<br /> Título :MODIFICA LA LEY Nº 18.291, QUE REESTRUCTURA Y FIJA LA<br /> PLANTA Y GRADOS DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE<br /> Tipo Version :Unica De : 27-04-2006<br /> Inicio Vigencia :27-04-2006<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=249179&amp;idVersion=200<br /> 6-04-27&amp;idParte<br /> LEY NUM. 20.104<br /> MODIFICA LA LEY Nº 18.291, QUE REESTRUCTURA Y FIJA LA <br /> PLANTA Y GRADOS DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha <br /> dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la ley <br /> Nº18.291, aumentando la Planta y Grados del Personal de <br /> Carabineros de Chile en la siguiente forma:<br /> NÚMERO DE EMPLEOS GRADOS<br /> I.- PERSONAL DE NOMBRAMIENTO SUPREMO<br /> A) OFICIALES DE FILA<br /> 1) Escalafón de Orden y Seguridad<br /> 13 Coroneles 5<br /> 17 Tenientes Coroneles 7<br /> 32 Mayores 8<br /> 90 Capitanes 9<br /> 220 Subtenientes 12<br /> II.- PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL<br /> A) PERSONAL DE FILA<br /> 1) Escalafón de Orden y Seguridad y de los Servicios<br /> 401 Suboficiales Mayores 11<br /> 551 Suboficiales 12<br /> 1.136 Sargentos 1°s 13<br /> 2.097 Sargentos 2°s 14<br /> 1.443 Cabos 1°s 15<br /> Artículo 2°.- El aumento de la Planta del Personal <br /> de Carabineros de Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el <br /> artículo anterior de esta ley, se materializará conforme <br /> al siguiente programa de aumentos anuales:<br /> I.- PERSONAL DE NOMBRAMIENTO SUPREMO<br /> A) OFICIALES DE FILA<br /> 1) Escalafón de Orden y Seguridad<br /> Grados Años<br /> 2007 2008 2009 2010<br /> Coroneles 5 2 3 4 4<br /> Tenientes Coroneles 7 2 3 6 6<br /> Mayores 8 8 8 8 8<br /> Capitanes 9 10 20 30 30<br /> Subtenientes 12 0 0 110 110<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileII.- PERSONAL DE NOMBRAMIENTO INSTITUCIONAL<br /> A) PERSONAL DE FILA<br /> 1) Escalafón de Orden y Seguridad y de los Servicios<br /> Grados Años<br /> 2007 2008 2009 2010<br /> Suboficiales Mayores 11 112 94 97 98<br /> Suboficiales 12 155 133 133 130<br /> Sargentos 1°s 13 312 270 272 282<br /> Sargentos 2°s 14 546 591 423 537<br /> Cabos 1°s 15 353 378 417 295<br /> Artículo 3°.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se<br /> financiará con los recursos que se contemplen en el presupuesto de Carabineros de Chile.<br /> Artículo 1° transitorio.- A contar del 1 de enero del 2009 y por un plazo de tres<br /> años, el personal de Carabineros que se acoja a retiro con derecho a pensión, no podrá<br /> exceder, en cada año, del 1,5% del total del personal de la Planta institucional<br /> existente a diciembre del año anterior. En casos calificados y debidamente fundados,<br /> mediante decreto supremo, se podrá autorizar al General Director de Carabineros para<br /> exceder dicho porcentaje.<br /> Artículo 2° transitorio.- Establécese un bono de <br /> permanencia para el personal de oficiales de Fila de <br /> Nombramiento Supremo y personal de Fila de Nombramiento <br /> Institucional de Carabineros que, a la fecha de <br /> publicación de esta ley, acredite tener derecho a <br /> pensión de retiro y posea entre veinte y veintiún años <br /> de servicios efectivos.<br /> Este beneficio se determinará en relación con los <br /> años de servicios efectivos a la fecha de publicación de <br /> esta ley y con los años de servicio efectivos al momento <br /> del retiro, y consistirá en un número de meses de su <br /> última remuneración imponible, con un tope de cinco, <br /> según la siguiente tabla:<br /> Años de servicios<br /> efectivos al momento<br /> del retiro<br /> Años de 29 30 31 y más<br /> servicios<br /> efectivos a la<br /> fecha de publicación<br /> de la ley<br /> 20 - 21 2 meses 3 meses 5 meses<br /> Artículo 3º transitorio.- Establécese un bono de <br /> permanencia para el personal de fila de nombramiento <br /> institucional, que a la fecha de publicación de la <br /> presente ley compute entre 30 y 31 años de servicios <br /> efectivos.<br /> Este beneficio se determinará en relación a los <br /> años de servicios efectivos a la fecha de publicación de <br /> la presente ley y a los años de servicios efectivos al <br /> momento del retiro, y consistirá en un número de meses <br /> de su última remuneración imponible, con un tope de <br /> tres, de acuerdo a la siguiente tabla:<br /> Años de servicios<br /> efectivos al momento<br /> del retiro<br /> Años de 32 33 34 35 y más<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chileervicios<br /> efectivos a la fecha<br /> de publicación de la ley<br /> 30 0 1 mes 1 mes 2 meses<br /> 31 0 1 mes 2 meses 3 meses<br /> Artículo 4º transitorio.- Los bonos establecidos en los artículos 2° y 3°<br /> transitorios se calcularán sobre la base de la última remuneración imponible y se<br /> pagarán en el valor que tenía dicha remuneración al momento del retiro, sin aumentos de<br /> ningún tipo. El pago lo realizará Carabineros de Chile, un año después de producirse<br /> el retiro.<br /> Artículo 5° transitorio.- Los bonos establecidos en los artículos precedentes no<br /> serán remuneración para ningún efecto legal, consecuentemente no estarán afectos a<br /> tributación ni a descuentos de seguridad social o de otra naturaleza, y serán<br /> incompatibles con aquellos establecidos en la ley N° 19.941.<br /> Estos bonos no se otorgarán al personal de instituciones distintas a Carabineros de<br /> Chile, aun cuando les sea aplicable, directa o supletoriamente, la legislación relativa a<br /> Carabineros de Chile.". <br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 24 de abril de 2006.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la<br /> República.- Viviane Blanlot Soza, Ministra de Defensa Nacional.- Andrés Zaldívar<br /> Larraín, Ministro del Interior.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.<br /> Lo que se transcribe para su conocimiento.- Marcelo Ortiz Aravena, Subsecretario de<br /> Carabineros.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>