Ley Nº 19.796

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Tipo Norma :Ley 19796<br /> Fecha Publicación :21-02-2002<br /> Fecha Promulgación :12-02-2002<br /> Organismo :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL; SUBSECRETARIA DE GUERRA<br /> Título :SUSTITUYE, EN CUERPOS LEGALES QUE INDICA, LAS<br /> EXPRESIONES TENIENTE GENERAL, MAYOR GENERAL Y BRIGADIER<br /> GENERAL<br /> Tipo Version :Unica De : 21-02-2002<br /> Inicio Vigencia :21-02-2002<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=194765&amp;idVersion=200<br /> 2-02-21&amp;idParte<br /> SUSTITUYE, EN CUERPOS LEGALES QUE INDICA, LAS EXPRESIONES TENIENTE GENERAL, MAYOR GENERAL<br /> Y BRIGADIER GENERAL<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> "Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes<br /> modificaciones en la ley Nº 18.948, Orgánica<br /> Constitucional de las Fuerzas Armadas:<br /> 1. En el artículo 32:<br /> a.- En el inciso primero, reemplázanse las palabras "Brigadier General" por "General<br /> de Brigada".<br /> b.- En el inciso segundo, reemplázanse las palabras "Mayor General" por "General de<br /> División".<br /> 2. En la letra a) del artículo 36, reemplázanse las palabras "Teniente General",<br /> "Mayor General" y "Brigadier General" por "General de Ejército", "General de División" y<br /> "General de Brigada", respectivamente.<br /> 3. En el inciso primero del artículo 46, reemplázanse las palabras "Teniente<br /> General" por "General de Ejército".<br /> Artículo 2º.- En virtud de lo dispuesto en el artículo precedente, sustitúyense<br /> en el decreto con fuerza de ley (G) Nº 1, de 1997, que contiene el Estatuto del Personal<br /> de las Fuerzas Armadas, como asimismo en todo otro cuerpo legal, en lo que se refiere al<br /> Ejército, las expresiones: "Teniente General" por "General de Ejército", "Mayor General"<br /> por "General de División" y "Brigadier General" por "General de Brigada".".<br /> En consecuencia, y habiéndose dado cumplimiento al control de constitucionalidad<br /> establecido en el artículo 82, Nº 1, de la Constitución Política de la República; y<br /> por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a<br /> efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 12 de febrero de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la<br /> República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro de Defensa Nacional (S).<br /> Lo que se transcribe para su conocimiento.- Julio Fuentealba Rollat, Subsecretario de<br /> Guerra Subrogante. <br /> Tribunal Constitucional<br /> Proyecto de ley que reemplaza, en los textos legales <br /> que indica, las expresiones de Teniente General por <br /> General de Ejército, Mayor General por General de <br /> División y Brigadier General por General de Brigada<br /> El Secretario del Tribunal Constitucional, quien <br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chileuscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados <br /> envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado <br /> por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal <br /> ejerciera el control de constitucionalidad respecto de <br /> su artículo 1º, y por sentencia de 29 de enero de 2002, <br /> lo declaró constitucional.<br /> Santiago, enero 31 de 2002.- Rafael Larraín Cruz, <br /> Secretario.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>