Ley Nº 19.670

Descarga el documento en version PDF

Tipo Norma :Ley 19670<br /> Fecha Publicación :15-04-2000<br /> Fecha Promulgación :03-04-2000<br /> Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL; SUBSECRETARIA DEL<br /> TRABAJO<br /> Título :EXTIENDE EN DETERMINADOS CASOS EL BENEFICIO DEL FUERO<br /> MATERNAL A MUJERES QUE ADOPTAN UN HIJO EN CONFORMIDAD A<br /> LA LEY DE ADOPCION<br /> Tipo Version :Unica De : 15-04-2000<br /> Inicio Vigencia :15-04-2000<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=165718&amp;idVersion=200<br /> 0-04-15&amp;idParte<br /> EXTIENDE EN DETERMINADOS CASOS EL BENEFICIO DEL FUERO MATERNAL A MUJERES QUE ADOPTAN UN<br /> HIJO EN CONFORMIDAD A LA LEY DE ADOPCION<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente<br /> Proyecto de ley:<br /> ''Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del<br /> Trabajo:<br /> a) Modifícase el artículo 195, en la forma siguiente:<br /> 1. En el inciso segundo, sustitúyense las frases ''quien no gozará del fuero<br /> establecido en el artículo 201 de este Código, pero tendrá derecho al subsidio a que se<br /> refiere el artículo 198'', por las siguientes:<br /> ''quien gozará del fuero establecido en el artículo 201 de este Código y tendrá<br /> derecho al subsidio a que se refiere el artículo 198''.<br /> 2. Intercálase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando los actuales incisos<br /> tercero y cuarto a ser incisos cuarto y quinto, respectivamente:<br /> ''El padre que sea privado por sentencia judicial del cuidado personal del menor,<br /> perderá el derecho a fuero establecido en el inciso anterior.''.<br /> b) Modifícase el artículo 201, del modo siguiente:<br /> 1. Agréganse los siguientes incisos segundo y tercero nuevos, pasando los actuales<br /> incisos segundo y tercero a ser incisos cuarto y quinto, respectivamente:<br /> ''Tratándose de mujeres o de hombres solteros o viudos que manifiesten al tribunal<br /> su voluntad de adoptar un hijo en conformidad a las disposiciones de la Ley de Adopción,<br /> el plazo de un año establecido en el inciso precedente se contará desde la fecha en que<br /> el juez, mediante resolución dictada al efecto, confíe a estos trabajadores el cuidado<br /> personal del menor en conformidad al artículo 19 de la Ley de Adopción o bien le otorgue<br /> la tuición en los términos del inciso tercero del artículo 24 de la misma ley.<br /> Sin perjuicio de lo antes indicado, cesará de pleno derecho el fuero establecido en<br /> el inciso precedente desde que se encuentre ejecutoriada la resolución del juez que<br /> decide poner término al cuidado personal del menor o bien aquella que deniegue la<br /> solicitud de adopción. Cesará también el fuero en el caso de que la sentencia que acoja<br /> la adopción sea dejada sin efecto en virtud de otra resolución judicial.''.<br /> 2. En el actual inciso segundo, que pasa a ser inciso cuarto, intercálase entre las<br /> expresiones ''Si por ignorancia del estado de embarazo'' y ''se hubiere dispuesto el<br /> término del contrato'', la frase ''o del cuidado personal o tuición de un menor en el<br /> plazo y condiciones indicados en el inciso segundo precedente,''; e incorpórase entre las<br /> expresiones ''certificado médico o de matrona,'' y ''sin perjuicio'', lo siguiente: ''o<br /> bien de una copia autorizada de la resolución del tribunal que haya otorgado la tuición<br /> o cuidado personal del menor, en los términos del inciso segundo, según sea el<br /> caso,''.''. <br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> llévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 3 de abril de 2000.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.-<br /> Ricardo Solari Saavedra, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Adriana Delpiano<br /> Puelma, Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer.- José Antonio Gómez<br /> Urrutia, Ministro de Justicia.<br /> Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Yerko<br /> Ljubetic Godoy, Subsecretario del Trabajo.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>