Ley Nº 19.565

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Tipo Norma :Ley 19565<br /> Fecha Publicación :08-06-1998<br /> Fecha Promulgación :20-05-1998<br /> Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR<br /> Título :AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, EN<br /> MEMORIA DEL CONTRALMIRANTE DON CARLOS CONDELL DE LA HAZA<br /> Tipo Version :Unica De : 08-06-1998<br /> Inicio Vigencia :08-06-1998<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=100538&amp;idVersion=199<br /> 8-06-08&amp;idParte<br /> AUTORIZA ERIGIR UN MONUMENTO EN LA CIUDAD DE IQUIQUE, EN<br /> MEMORIA DEL CONTRALMIRANTE DON CARLOS CONDELL DE LA HAZA<br /> Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha <br /> dado su aprobación al siguiente<br /> P r o y e c t o d e l e y:<br /> "Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la comuna de Iquique, en memoria<br /> del Contralmirante don Carlos Condell de la Haza.<br /> Artículo 2º.- La obra se financiará mediante erogaciones populares, obtenidas a<br /> través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados.<br /> Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas<br /> que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con<br /> el Ministerio del Interior. <br /> Artículo 3º.- Créase un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y<br /> demás aportes señalados en el artículo precedente.<br /> Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por siete miembros ad<br /> honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:<br /> a) Un Senador y un Diputado, designados por las Comisiones de Defensa del Senado y de<br /> la Cámara de Diputados;<br /> b) Un representante del Intendente de la I Región;<br /> c) El Alcalde de la I. Municipalidad de Iquique;<br /> d) Un representante de la Armada de Chile, que será nombrado por la Comandancia en<br /> Jefe de la institución;<br /> e) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales, y<br /> f) Un representante del Colegio de Arquitectos, con sede en Iquique.<br /> La comisión será presidida por el representante del Intendente de la I Región,<br /> funcionará en la ciudad de Iquique y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el<br /> de la mayoría de sus miembros. En caso de empate, dirimirá el presidente de la<br /> comisión. <br /> Artículo 5º.- La comisión a que se refiere el artículo anterior tendrá las<br /> siguientes funciones:<br /> a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas<br /> contempladas en el artículo 2º, así como realizar las gestiones pertinentes para su<br /> concreción;<br /> b) Determinar la ubicación del monumento, en coordinación con la respectiva<br /> municipalidad y el Consejo de Monumentos Nacionales, y disponer y supervigilar su<br /> construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº<br /> 17.288, sobre Monumentos Nacionales;<br /> c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de la obra, fijar sus<br /> bases y resolverlo;<br /> d) Administrar el fondo creado por el artículo 3º, y<br /> e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo.<br /> Artículo 6º.- Si una vez construido el monumento quedaren excedentes de las<br /> erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión determine.".". <br /> Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chilellévese a efecto como Ley de la República.<br /> Santiago, 20 de mayo de 1998.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.-<br /> Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.<br /> Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud., Marcelo Schilling<br /> Rodríguez, Subsecretario del Interior Subrogante.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>