D.s. Nº 738

Descarga el documento en version PDF

Tipo Norma :Decreto 738<br /> Fecha Publicación :23-11-1991<br /> Fecha Promulgación :13-06-1991<br /> Organismo :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES<br /> Título :Promulga el Acuerdo con Argentina sobre Supresión de<br /> Visados en los Pasaportes Diplomáticos, Oficiales o<br /> Especiales, concertado por Cambio de Notas, el 29 de Agosto<br /> de 1990<br /> Tipo Version :Unica De : 23-11-1991<br /> Inicio Vigencia :23-11-1991<br /> Fecha Tratado :23-11-1991<br /> País Tratado :Argentina<br /> Tipo Tratado :Bilateral<br /> URL :http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=15361&amp;idVersion=1991<br /> -11-23&amp;idParte<br /> PROMULGA EL ACUERDO CON ARGENTINA SOBRE SUPRESION DE VISADOS EN LOS PASAPORTES<br /> DIPLOMATICOS, OFICIALES O ESPECIALES<br /> N° 738 PATRICIO AYLWIN AZOCAR Presidente de la República de Chile POR CUANTO, el<br /> Gobierno de la República de Chile, por Cambio de Notas de fecha 29 de agosto de 1990,<br /> concertó con el Gobierno de la República de Argentina el Acuerdo sobre Supresión de<br /> Visados para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales o Especiales.<br /> Y POR CUANTO dicho Acuerdo ha sido aceptado por mí, previa aprobación del Congreso<br /> Nacional, según consta en el Oficio del Honorable Senado N° 917, de 11 de abril de 1991.<br /> POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 N°s 17 y 50<br /> número 1) de la Constitución Política de la República,<br /> dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se publique copia<br /> autorizada de su texto en el Diario Oficial.<br /> DADO en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Estado en el<br /> Departamento de Relaciones Exteriores, a los trece días del mes de Junio de mil<br /> novecientos noventa y uno.<br /> Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR,<br /> Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Enrique Silva<br /> Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.- Aliro Verdugo Lay, Director General<br /> Administrativo. <br /> Santiago 29 de agosto de 1990.<br /> Señor Ministro:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con relación a su Nota de fecha 29<br /> de agosto de 1990 redactada en los términos siguientes:<br /> "Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el objeto de proponer a su<br /> Gobierno, en nombre del Gobierno argentino, un acuerdo de reciprocidad entre nuestros dos<br /> países, concerniente a la supresión de visados para los titulares de pasaportes<br /> diplomáticos, oficiales o especiales, bajo las siguientes disposiciones:<br /> 1. Los nacionales argentinos y chilenos, titulares de pasaportes diplomáticos,<br /> oficiales o especiales válidos de su nacionalidad, quedarán exentos de visado para<br /> ingresar a la República de Chile y a la República Argentina, respectivamente, cualquiera<br /> sea la causa del viaje.<br /> 2. Los titulares de los pasaportes antes mencionados podrán permanecer hasta tres<br /> meses en el territorio chileno o argentino, con reingresos múltiples. Este plazo podrá<br /> ser prorrogado por las autoridades competentes de cada país, por un período igual.<br /> 3. Los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales o especiales que presten<br /> servicios en las respectivas misiones diplomáticas o representaciones consulares y hayan<br /> sido acreditados como miembros de su personal, podrán ingresar, permanecer y salir<br /> libremente del país en el cual presten servicios durante el tiempo que desempeñen su<br /> cargo.<br /> 4. La supresión de visados establecida por el presente Acuerdo no exime a los<br /> titulares de dichos pasaportes de la observancia de las leyes y reglamentos en vigor<br /> relativos al ingreso, la permanencia y la salida de los respectivos países.<br /> 5. Ambos Gobiernos se reservan el derecho de restringir el ingreso a su territorio,<br /> cuando consideren inconveniente la entrada al país de una persona determinada.<br /> 6. Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante aviso previo<br /> de tres meses, por la vía diplomática.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileSi lo antes expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la República de Chile, esta<br /> Nota y la respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste dicha conformidad constituirán<br /> un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos sobre la materia, el cual entrará en vigor en la<br /> fecha en que ambos Gobiernos se comuniquen haber cumplido con los respectivos<br /> requerimientos constitucionales.<br /> Saludo a Vuestra Excelencia con mi consideración más distinguida.".<br /> A este respecto, me es especialmente grato comunicar a Vuestra Excelencia que mi<br /> Gobierno concuerda plenamente con los términos de la Nota a que tengo el honor de dar<br /> respuesta, la que, junto con la presente, constituirán un Acuerdo entre nuestros dos<br /> Gobiernos sobre la materia, el que entrará en vigor en los términos señalados en la<br /> nota transcripta.<br /> Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más<br /> alta y distinguida consideración.<br /> Al Excelentísimo Señor Domingo Cavallo Ministro de Relaciones Exteriores Presente<br /> Conforme con su original.- Edmundo Vargas Carreño, Subsecretario de Relaciones<br /> Exteriores.<br /> www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile<br /> <hr>